Subvenciones dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para financiar los gastos de inversión en infraestructuras y equipamientos que resulten necesarios para la gestión municipal. Bases Reguladoras. Madrid.
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Administración Local y Digitalización. Comunidad de Madrid
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para la financiación por estos de los gastos de inversión que resulten necesarios para la prestación de los servicios de competencia municipal que no hayan sido incluidos en programas o planes de inversiones en obras y municipales aprobados por la Comunidad de Madrid.
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en esta orden todos los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero del año anterior a aquel en que se realiza la convocatoria de las subvenciones, tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes, según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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