Subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Bases Reguladoras y Convocatoria 2023. Madrid.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medioambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante la Orden 1662/2023, de 22 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los  requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas de prevención contra la electrocución de la avifauna en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,  financiadas con cargo a Fondos “Next Generation EU” de la Unión Europea.


El objetivo definido es la prevención de los daños a la fauna mediante el desarrollo de actuaciones de corrección de tendidos eléctricos  conforme a lo previsto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto. En el caso de la Comunidad de Madrid, el acuerdo mencionado exige la corrección de un mínimo de 254 apoyos en tendidos, en el plazo máximo indicado en el mismo.


La dotación inicial de la convocatoria es de 375.966 euros para el ejercicio de 2023.


Mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2023, del Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se  publica la corrección de errores de la convocatoria.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que sean titulares de tendidos eléctricos de alta  tensión ubicado en las zonas de protección establecidas y que figuren en las resoluciones administrativas dictadas al amparo de lo previsto en el artículo 5.2 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, vigentes en el momento de publicación de la presente Orden.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes y de la documentación que debe acompañarlas, será de quince días hábiles, contados desde el día  siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que ha sido el 30 de noviembre, por lo que la fecha de finalización del plazo será el 26 de diciembre.

Las solicitudes se presentarán en la forma recogida en el artículo 11 de las bases reguladoras.

Documentos adicionales


Orden 1662-23 Extracto

Orden 1662-23 BR y conv 2023

Orden 1847-23 Coreccion errores

Orden 1847-23 Extracto

Compartir en: