Subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida. Bases reguladoras y convocatoria 2024. Programa FSE+(Galicia) 2021–2027

Estado


Cerrado

Convocante


Conselleria de Empleo e Igualdad. Galicia

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de la Resolución de 29 de noviembre de 2023, es establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2024 para las subvenciones para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida:


Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y promover el desarrollo de medidas y actuaciones para la promoción de la igualdad en el ámbito local, a través de los siguientes programas:
a) Programa Plan Corresponsables en el ámbito local (SI436A).
b) Programa de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y tratamiento de la violencia de género, en adelante, Programa de promoción de la igualdad  y prevención de la violencia de género (SI435A).
c) Programa de apoyo a los centros de información a la mujer, en adelante, Programa de apoyo a los CIM (SI427B).


Las cuantías máximas de las ayudas en los diferentes programas son las siguientes:
a) Programa Plan Corresponsables en el ámbito local: la cuantía máxima de la ayuda  será de 150.000,00 euros, cuando se trate de una solicitud individual, y de 225.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de fusión de ayuntamientos.
b) Programa de promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género: la cuantía máxima de la ayuda será de 15.000 euros, cuando se trate de una de solicitud individual, y de 28.000,00 euros, en caso de que  se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de fusión de ayuntamientos.
c) Programa de apoyo a los centros de información a la mujer (CIM): la cuantía total máxima de ayuda es de 45.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud individual, y de 120.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de una fusión de ayuntamientos.


Para la concesión de estas ayudas se destina un crédito por un importe total de diez millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y nueve euros con setenta y cinco céntimos (10.947.899,75 euros).


Las ayudas del programa 1.a) están financiadas con fondos finalistas del Estado del Plan Corresponsables; las ayudas del programa 1.c) están financiadas con fondos propios libres de la Comunidad Autónoma de Galicia y las ayudas del programa 1.b) están cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027 en el objetivo político 4, Una Europa más social e inclusiva, por medio de la  aplicación del pilar europeo de derechos sociales; prioridad 2, Inclusión social y lucha contra la pobreza; objetivo específico ES04.8, Fomentar la inclusión activa con el objeto de promover la igualdad de oportunidades,  a no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos; medida 2.H.03, Programa de atención a mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

Beneficiarios


Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta resolución los ayuntamientos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las  mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y los consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, siempre que reúnan los demás  requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.

Por lo tanto el plazo de presentación finaliza el 8 de febrero de 2024.

Documentos adicionales


Res 29-11-23 Extracto

Res 29-11-23 BR y conv 2024

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