Subvenciones a entidades de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria para la realización de proyectos en el marco de la Agenda 2030. Bases Reguladoras y Convocatoria. Cantabria.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente. Cantabria

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Orden MED/22/2023 tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades integradas en la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria para el desarrollo de acciones y/o proyectos en el marco del Plan de Actuación 2020-2023 de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria y de la Agenda 2030.


La convocatoria prevista en esta Orden tiene por objeto subvencionar el desarrollo de proyectos, actividades e iniciativas que fomenten e impulsen la localización e implementación de la Agenda 2030 en las entidades pertenecientes a la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria.
Más concretamente, las subvenciones se destinarán al desarrollo de proyectos e iniciativas relativas a:


a) Elaboración de planes de implementación de la Agenda 2030 en el ámbito local.


b) Proyectos para la adaptación de planes estratégicos municipales a la Agenda 2030.


c) Actuaciones que respondan a las prioridades establecidas en el Plan de implementación de la Agenda 2030 y/u otros planes estratégicos existentes cuyo objetivo sea ofrecer una respuesta en el territorio alineada con la Agenda 2030.


d) Proyectos de sensibilización y concienciación de la Agenda 2030, dirigidas a la ciudadanía local y/o al conjunto de los diferentes actores locales.


Será subvencionable hasta el 100 por ciento de la cuantía señalada en el proyecto de la entidad solicitante, estableciéndose el límite máximo de subvención por entidad beneficiaria en cinco mil euros (5.000 €). El presupuesto máximo de ejecución de la presente orden es de treinta mil euros (30.000,00 €), a distribuir entre los beneficiarios a partir del orden de prelación resultante de la valoración de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el artículo 6. El número de subvenciones a conceder vendrá determinado por el número de solicitudes y la cuantía de las ayudas concedidas.


Mediante la  Orden FOM/11/2023, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Orden MED/22/2023, de 25 de mayo, se establece que el plazo de realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre
la fecha de la resolución de concesión de la subvención y el 31 de marzo de 2024 y la justificación de la subvención concedida deberá ser presentada antes del 31 de mayo de 2024. La justificación del gasto debe concordar con el proyecto presentado y la finalidad de la ayuda concedida.

Beneficiarios


Tendrán la consideración de beneficiarias las entidades pertenecientes a la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria que cumplan los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. La administración comprobará este extremo de acuerdo con los datos aportados por el solicitante, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la presente Orden.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Ofcial de Cantabria el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sé abrirá el 18 de julio y sé cerrará el 7 de agosto de 2023.

Documentos adicionales


Orden MED-22-2023

Extracto

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