Subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista
Estado
Abierto
Convocante
Ministerio de Igualdad
Procedencia
Gobierno de España
Objeto
Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para el desarrollo del proyecto dirigido a modernizar y ampliar los servicios de atención telefónica y telemática para apoyar a todas las mujeres víctimas de violencia machista.
Esta acción contribuye a los objetivos números 9 «Extender y hacer accesibles los servicios de atención integral a todas las potenciales víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres», 10 «Garantizar la atención a las mujeres de todo el territorio, con especial atención a las que tienen menos recursos, servicios y acceso. Vertebración territorial para facilitar la cohesión social y la garantía de derechos de todas las ciudadanas» y 11. «Mejorar las oportunidades de las mujeres (las víctimas y potenciales víctimas), facilitando la igualdad y contribuyendo al cumplimiento del Pilar Europeo de Derechos Sociales» del Componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (PRTR). Esta acción se sitúa en el marco de la inversión 4: «Plan España te protege contra las violencias machistas» extendiendo y haciendo accesibles los servicios de atención integral a todas las víctimas de violencia contra la mujer, de acuerdo con lo determinado en el Componente 22 del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La subvención irá destinada al proyecto para la modernización y ampliación de los dispositivos de teleasistencia del servicio ATENPRO para la atención y protección a las víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres en el marco de la inversión 4 del Componente 22 (C22.I4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España: «Plan España te protege contra las violencias machistas».
Las actividades se realizarán por la FEMP de conformidad con los objetivos establecidos en este real decreto y los proyectos e hitos recogidos en el anexo. Los mismos deberán ser objeto de desarrollo en un Plan de proyecto que ha de presentar la FEMP.
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