Concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes Balears y Canarias.

Estado


Abierto

Convocante


Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)

Procedencia


Gobierno de España

Ámbito


Autonómico

Objeto


Este real decreto 451/2022, de 14 de junio,  tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones con carácter excepcional, y por razones de interés público, social y económico, para la financiación de actuaciones contempladas en la «Estrategia de Energía Sostenible en  las Islas Canarias» o en el «Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears», en el contexto de la componente 7, Inversión 2 del Plan de Recuperación,  Transformación y Resiliencia, con el objetivo de responder a los retos específicos a los que se enfrenta el sector energético en esos territorios.


Las actuaciones indicadas en el párrafo anterior, detalladas en el artículo 6 del presente real decreto, tendrán por objetivo la dinamización de la transición energética en las islas entendida como el impulso de los agentes de transición energética, el  desarrollo de programas de ayudas o inversiones para nuevas instalaciones de energías renovables, proyectos singulares y energía sostenible en las islas, incluyendo la integración de renovables en la red y proyectos que garanticen potencia. También se centrarán en el desarrollo de proyectos que promuevan la integración de sistemas inteligentes, concretamente, el desarrollo de proyectos en las islas que promuevan actuaciones de flexibilidad de la demanda o de la oferta y proyectos sostenibles de almacenamiento. Así mismo, tendrá un carácter destacado la promoción de comunidades energéticas y el desarrollo de las agendas de transición energética de cada isla.


Se financiarán las diferentes actuaciones de las entidades beneficiaras, contempladas en la «Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias» y en el «Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears», en adelante «programas operativos», objeto de este real decreto. Estas actuaciones subvencionables se integran dentro de los proyectos definidos en la inversión 2 del componente 7 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establecidos de  acuerdo con la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.


Mediante Real Decreto 186/2024, de 20 de febrero, se modifica el RD 451/2022 en los apartados recogidos en el mismo, así como los Anexo I "Hitos y objetivos vinculados a este Real Decreto"  y II "indicadores de seguimiento".

Los mencionados proyectos son los siguientes:
a) Dinamización del programa de energía sostenible en las islas. Apoyo a los agentes de transición energética mediante la constitución o gestión de oficinas para la transición energética en las islas, cuyas funciones pueden incluir el apoyo en el diseño, tramitación, redacción de pliegos, licitación y ejecución de proyectos municipales e insulares, así como la financiación de actuaciones tales como congresos y jornadas.
b) Programas de ayudas para nuevas instalaciones renovables dirigidos al fomento de instalaciones que puedan aportar garantía de potencia, proyectos singulares y energía sostenible en las islas. La integración de renovables en la red y proyectos que garanticen potencia, estabilicen la frecuencia y arranque autónomo, serán foco de este programa de ayudas.
c) Programa de ayudas «Smart Islands» para el desarrollo de proyectos que promuevan la integración de sistemas inteligentes, concretamente, el desarrollo de proyectos en las islas que promuevan actuaciones de flexibilidad de la demanda o de la
oferta, así como cualquier otra actuación que permita facilitar la integración de renovables en el sistema insular.
d) Programa de ayudas «Clean Energy for EU Islands» promoviendo inversiones en proyectos renovables de acuerdo con el análisis de las propuestas y resultados de la manifestación de interés y el programa europeo mencionado.
e) Programa de ayudas para proyectos sostenibles de almacenamiento con nueva potencia de generación de energías renovables, que permitan su despliegue para la optimización de la gestión de generación renovable.
f) Impulso inicial a la promoción de comunidades energéticas, apoyo a la gestión para la creación de nuevas comunidades y desarrollo de las agendas de transición de cada isla, mediante actuaciones de difusión, acompañamiento, asesoramiento y
fomentando actuaciones específicas que favorezcan el desarrollo de proyectos en estas comunidades.


Beneficiarios


Las entidades beneficiarias de estas subvenciones serán las Comunidades Autónomas de Illes Balears y Canarias, en adelante entidades beneficiarias.


Lo establecido por este real decreto será de aplicación en todo el territorio insular de las Comunidades Autónomas de Illes Balears y Canarias.


Con fecha 17 de septiembre, se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la convocatoria referente a subvenciones para el fomento de comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro (ver ficha).

Plazo, lugar y forma de presentación


Las actuaciones reguladas por este real decreto estarán vigentes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado», que ha sido el 15 de junio de 2022,  y hasta la conclusión de su vigencia, que se producirá el 30 de junio de 2026.


En caso de que las comunidades autónomas beneficiarias efectúen convocatorias de ayuda financiadas con las subvenciones objeto de este real decreto, las solicitudes de ayuda de los destinatarios últimos podrán cursarse a partir del momento y en la forma que se establezcan por dichas convocatorias. Las inversiones directas que se pudieran llevar a cabo por dichas comunidades autónomas serán realizadas conforme a lo que se establezca por este real decreto y en el correspondiente plan operativo.


 

Documentos adicionales


RD 451-22 14 de junio 2022

RD 186-24 modf RD 451-22

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