Ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario. Convocatoria y Bases Reguladoras. Melilla

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad. Cuidad autónoma de Melilla

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante la Orden nº 268 de 7 de marzo de 2022 aprueba la convocatoria y las bases del programa de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario.


Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación dentro de cada actividad, que deberán cumplir los requisitos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I:
a) Actividad 1: Achatarramiento.
b) Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
c) Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
d) Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
e) Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.


El importe total de las ayudas de minimis que podrá concederse a cada uno de estos destinatarios últimos no podrá exceder la cifra de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Asimismo, el importe total de las ayudas de minimis que podrá concederse a cada uno de estos destinatarios últimos, en el caso de que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, no podrá exceder la cifra de 100.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.


Se asignan los siguientes porcentajes del presupuesto (65.823 €) que les haya correspondido, por cada tipo de actuación definida en el apartado 6:
a) Hasta un cuarenta y cinco por ciento (45 %) del presupuesto para las actuaciones incluidas en la actividad 1.
b) Un mínimo del cuarenta por ciento (40 %) del presupuesto para las actuaciones incluidas en la actividad 2.
La financiación de la presente convocatoria se fija en un Presupuesto: 65.823€ Euros para los ejercicios 2022-2024, dotado en la Retención de Crédito: 07/44120/77009 AYUDAS TRANSPORTES RESILIENCIA”, tal como se desprende del expediente de generación de crédito que se incluye en su tramitación.

Beneficiarios


Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en esta convocatoria, conforme a lo previsto en la misma para cada tipología de actuación, siempre que tengan su residencia fiscal en Melilla, las personas físicas o jurídicas que sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:
a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
b) Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima antes del 16 de Noviembre de 2021.
Los destinatarios últimos definidos en el apartado anterior podrán recibir ayudas únicamente en relación con la categoría y clase de vehículos asociada a la habilitación que les otorgue la autorización de la que son titulares

Plazo, lugar y forma de presentación


Estas bases entrarán en vigor desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el «Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla» (BOME) que ha sido el viernes 11 de marzo de 2022, justificado en la necesidad de aplicar los correspondientes créditos presupuestarios. Las solicitudes de ayuda podrán cursarse:
a) Actividad 1: Achatarramiento. Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 30 de Abril de 2024.
b) Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 30 de Abril de 2024.
c) Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 30 de Abril de 2024.
d) Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de Diciembre de 2023.
e) Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. Desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 30 de Abril de 2024.

Documentos adicionales


Orden 268

Extracto

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