Ayudas destinadas a la aplicación del desarrollo local participativo. LEADER/PAC (Cataluña) 2023-2027

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. Cataluña

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de las ayudas que establece la Orden ACC/176/2024, de 22 de julio, es incentivar actuaciones que fomenten el desarrollo local, en el marco del PEPAC 2023-2027 en Cataluña, que incluye actuaciones dirigidas a fomentar la diversificación de las economías rurales. Estas ayudas se gestionarán mediante la metodología Leader, con la colaboración de los GAL seleccionados mediante la Orden ACC/115/2022, de 17 de mayo.


Las ayudas reguladas en estas bases reguladoras tienen como finalidad el fomento de las inversiones que generen actividad económica para la aplicación de las estrategias de desarrollo local propuestas por los GAL y aprobadas por el DACC, con acciones dirigidas a: fomentar la reactivación económica y la creación de empleo, establecer políticas específicas para la juventud del mundo rural que fomenten su arraigo y desarrollo económico y social, a promover la mitigación y la adaptación al cambio climático y la protección de los recursos naturales, y estimular la innovación y la transferencia de conocimientos en el sector agroalimentario.


Las áreas de aplicación de las ayudas relativas al desarrollo local Leader corresponderán únicamente a los territorios rurales que determinen las estrategias de desarrollo local presentadas por los GAL que se recogen en el anexo 2 de esta Orden en forma de criterios de selección y prioridad.


Para proyectos solicitados por entidades públicas, este importe no podrá ser superior al 80% de los gastos elegibles. El importe de la ayuda no puede ser superior a 100.000 euros por persona beneficiaria, por proyecto y convocatoria.


 

Beneficiarios


Pueden ser beneficiarias de estas ayudas, entre otras, las personas de naturaleza pública con sede en Cataluña: ayuntamientos, consejos comarcales, entidades municipales descentralizadas, consorcios, asociaciones, GAL, fundaciones o empresas públicas participadas por entes locales (en un 25% o más) que realicen inversiones no productivas en:


a) Recuperación del patrimonio cultural y natural.
b) Infraestructuras públicas para la mitigación del cambio climático.
c) Infraestructuras que generen actividad económica y empleo.
d) Servicios a las personas.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes deberán ser presentadas por los medios telemáticos correspondientes para su presentación. El plazo de presentación de solicitudes se detallará en la convocatoria correspondiente.

Documentos adicionales


Orden ACC-176-24 BRpdf

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