Ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción. Convocatoria 2022. Navarra

Estado


Cerrado

Convocante


Director General de Agricultura y Ganadería. Navarra

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


El objeto de esta convocatoria es establecer, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, las normas reguladoras para la concesión, durante el año 2022, de las ayudas destinadas a subvencionar inversiones en materia de bioseguridad de los siguientes tipos:


a) Tipo 1, Ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad, acogidas al régimen de minimis.


b) Tipo 2, Ayudas destinadas a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción.


La finalidad de utilidad pública de la actividad subvencionada se fundamenta en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo objetivo es mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia del sector  agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social, en centros de limpieza y desinfección y en centros de producción de material vegetal de reproducción.

Beneficiarios


Los beneficiarios de las Ayudas Tipo 1 serán las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que acometan inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por  carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad:
a) Que sean titulares o propietarios de los centros de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas autorizados y registrados por la Comunidad Foral de Navarra.
b) O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra. Se ha publicado en el BON de 17 de mayo, por lo  que el plazo finalizará el 18 de julio de 2022.


Las solicitudes, que se ajustarán al modelo del anexo III, se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, ficha de la ayuda). En dicha ficha existirá un enlace al Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

Documentos adicionales


Res 293-22 de 29-4

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