Ayuda estatal destinada a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transportes por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materias vegetales de reproducción. Convocatoria. Cantabria.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente. Cantabria

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de la Resolución de 17 de abril de 2023, es convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, los siguientes tipos de ayuda:


a) Inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado y de perros de rehala, recovas o jaurías, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad, de acuerdo con lo regulado en el capítulo II del Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.


b) Inversiones en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid, de acuerdo con lo regulado en el capítulo III del Real Decreto 949 /2021, de 2 de noviembre.


La cuantía inicial estimada para la presente convocatoria es de 108.359,93 euros, estará financiada por la Unión Europea a través del fondo Next Generation procedente de los Presupuestos Generales del Estado, con cargo a la partida presupuestaria 05.04.140A.775 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con la siguiente distribución por anualidades y visto el calendario de ejecución, justificación y pago previsto en el artículo 19.2 del RD 949/2021 de 02 de noviembre.


Anualidad 2023 0 euros
Anualidad 2024 108.359,93 euros.


La concesión de las presentes ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2024.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas, jurídicas o los entes sin personalidad jurídica que reúnan los siguientes requisitos:


1. Subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.


a) Titulares o propietarios de los centros de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas autorizados y registrados en Cantabria que presenten solicitud de ayuda para la mejora del mismo.


b) O que presenten solicitud de ayuda para la construcción de un nuevo centro de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado en Cantabria.


  2. Subvenciones estatales a los operadores profesionales de categoría productor de determinados Materiales Vegetales de que realicen inversiones en instalaciones de protección frente a insectos vectores.


a) Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la autoridad competente de la comunidad autónoma a producir MVR.


b) Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores:


1º. Xylella fastidiosa.


2º. Bursaphelenchus xilophilus.


3º. HLB o greening de los cítricos.


4º. Flavescencia dorada.


c) Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción:


1º. Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.


2º. Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar


3º. Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar


4º. Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales


5º. Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.


6º. Viveros forestales.


7º. Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías probase, base y estándar.


8º. Campos de material de multiplicación de hortalizas.


d) Asimismo, deberán presentar una solicitud de subvención para la inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, en la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la inversión.


En caso de que el operador profesional cumpla los requisitos a) y b) del apartado anterior y tenga varios sitios destinados a la producción de los descritos en el apartado c) del apartado anterior, deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción haga el operador profesional.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. El plazo de presentación será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Se ha publicado el día 25 de abril de 2023, por lo que se cerrará el día 23 de junio de 2023.

Documentos adicionales


Extracto

Convocatoria

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