Ayudas proyectos de inversiones no productivas para entidades locales estrategia de desarrollo local participativo Comarca de la Vera. 7º Convocatoria. Extremadura. (LEADER)
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Extremadura.
Procedencia
CC.AA.
Objeto
La presente convocatoria tiene como objeto y finalidad establecer las normas que regularán la gestión de ayudas al amparo de la medida 19 "Apoyo para el Desarrollo Local de LEADER" del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura, para el periodo de programación 2014/2020, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en lo que se refiere a la submedida 19.2 "Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo".
Serán objeto de subvención, las siguientes actuaciones:
Servicios básicos para la economía y la población rural.
Se pretende propiciar en el medio rural un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, con el ánimo de evitar flujos migratorios negativos en las zonas rurales que impidan la pervivencia de dicho medio, a la vez que se garantiza la mejora de la calidad de vida de las personas de este entorno y la igualdad de oportunidades.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 175.000,00 €, la intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90% del gasto subvencionable para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100% en el caso de beneficiarios de ayudas públicos y Grupos de Acción Local, con un límite de 200.000 euros por proyecto.
Renovación de poblaciones en las zonas rurales.
Esta medida tiene por objeto incrementar y/o mantener la población en el medio rural mediante actuaciones que incentiven la integración social y económica de los nuevos pobladores y promuevan la creación de un espacio de convivencia cohesionado que resulte atractivo a las necesidades de la población.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 15.083,46 €, la intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90% del gasto subvencionable para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100% en el caso de beneficiarios de ayudas públicos y Grupos de Acción Local, con un límite de 200.000 euros por proyecto.
Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del Patrimonio rural.
Se podrá solicitar ayuda para la realización de inversiones cuya finalidad sea el mantenimiento, restauración, mejora y puesta en valor del Patrimonio rural. Los monumentos, el urbanismo y los restos arqueológicos forman parte del Patrimonio rural (natural y cultural). Pero además existen muchos otros componentes que le aportan riqueza y variedad, tales como edificaciones populares emblemáticas, paisajes agrarios, elementos paisajísticos de valor singular, infraestructuras territoriales, modos de vida, valores, comportamientos, tradiciones folklóricas y etnográficas (religiosas, festivas, etc.), artesanía, productos propios, brutos o transformados, gastronomía, idioma, variedades dialectales y léxico agrario, etc.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 30.000 € inicial que ha sido ampliado a 40.000€ mediante la corrección de errores publicado en el DOE de 21/7/2023 la intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100% del gasto subvencionable para administraciones públicas y corporaciones y entidades locales, con el límite de 200.000 euros por proyecto. También amplia el plazo de presentación a 2 meses.
Beneficiarios
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas las entidades locales que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la renovación de la población en las zonas rurales.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Se abrirá el plazo el día 14 de julio de 2023 y se cerrará el 14 de septiembre de 2023.
Mediante una modificación se amplia el plazo hasta el 14 de octubre de 2023.
Documentos adicionales