Se establece como plazo máximo para ejecutar las acciones subvencionadas, comunicar su finalización y presentar la documentación justificativa, el 30 de enero de 2026, inclusive, tal y como se recoge en:
- ORDEN MAV/348/2025, de 3 de abril, por la que se modifica la Orden MAV/585/2022, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las reservas de la biosfera de Castilla y León, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan en régimen de concurrencia competitiva estas ayudas.
- ORDEN MAV/349/2025, de 3 de abril, por la que se modifica la Orden MAV/586/2022, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del parque nacional de los Picos de Europa y del parque nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan en régimen de concurrencia competitiva estas ayudas.