Concesión de ayudas para la prestación al usuario final de un servicio asequible de conexión de banda ancha a una velocidad mínima de transmisión de 100 mbps, principalmente en zonas rurales remotas y la instalación del equipamiento necesario para ello a partir de la configuración de un servicio de capacidad de transmisión. Bases reguladoras y convocatoria. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (MINECO)

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Constituye el objeto de esta orden ETD/1107/2022, de 14 de noviembre,  el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión y se convoca cuatro ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la prestación al usuario final de un servicio asequible de conexión de banda ancha a una velocidad mínima de transmisión de 100 Mbps en sentido descendente desde una ubicación fija, principalmente en zonas rurales remotas, dispersas y de baja densidad de población, así  como para cubrir los gastos directamente relacionados con el alta de usuarios finales para acceder a dicho servicio, que comprende la adquisición de equipamiento de usuario, su instalación y puesta en funcionamiento, a partir de la configuración de un servicio de capacidad de transmisión (Programa ÚNICO Demanda Rural).


El importe máximo global de las ayudas a otorgar al amparo de esta Orden alcanzará la cuantía de 84.800.000 euros, con cargo a fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el  Reglamento (UE) 2021/241 de Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y a la aplicación presupuestaria 27.50.46OA.77015 del presupuesto de gastos de la Secretaria de Estado de  Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales para el año 2022 y equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las  disponibilidades presupuestarias.


Al preverse otorgar cuatro ayudas, el importe máximo a percibir por cada ayuda alcanzará la cuantía de 21.200.000 euros.


El ámbito geográfico de las actuaciones subvencionables al amparo de esta orden es la totalidad del territorio nacional.


Para la acreditación de la realización del proyecto, el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos en la resolución de concesión, se exige cuenta justificativa con aportación de  los justificantes de gasto y de pago, junto con el informe de auditor.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de  Telecomunicaciones.


Asimismo, podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas las agrupaciones de empresas en las que al menos una de las empresas ostente dicha condición de operador y siempre que nombren a un representante  o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación de la orden en el Boletín Oficial del Estado, que ha sido el 18 de noviembre, y finalizará a las 13 horas del día 5 de diciembre de 2022.


La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante tramitación electrónica.

Documentos adicionales


Orden ETD 1107-2022 Extracto

Orden ETD1107-2022

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