Subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Bases Reguladoras y Convocatoria 2022. Madrid.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medioambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La Orden 3195/2022 tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a fondos NextGeneration de la Unión Europea.


Las ayudas financiarán aquellas actuaciones necesarias para adaptar las condiciones técnicas de las líneas eléctricas de alta tensión ubicadas en las denominadas zonas de protección de la Comunidad de Madrid a lo previsto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, con la finalidad de evitar la mortalidad de la avifauna, sobre todo de algunas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, por electrocución o colisión en dichas infraestructuras, en los términos previstos en el artículo 5 de la presente orden.


 

Beneficiarios


1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que sean titulares de tendidos eléctricos de alta tensión.
2. No podrán ser beneficiarios de las ayudas la Administración de la Comunidad de Madrid o la Administración General del Estado, ni los entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de los mismos.
3. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


La cuantía total de estas subvenciones será de 760.591,85 euros.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes y de la documentación que debe acompañarlas, será de veinticinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Al ser publicado el día 6 de octubre de 2022, el plazo finalizará el 15 de noviembre de 2022.

Documentos adicionales


Orden-3195-2022-EXTRACTO

Orden-3195-2022

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