Transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario. Convocatoria. Navarra

Estado


Cerrado

Convocante


Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4: Comunidad Foral de Navarra

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


El objeto de esta Resolución 84E/2022, de 27 de mayo, es convocar, en el marco de los Reales Decretos 983/2021, de 16 de noviembre, y 188/2022, de 15 de marzo, (en adelante «Real Decreto 983/2021» y «Real Decreto 188/2022»), las ayudas para la ejecución de actuaciones ligadas a la “Transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado  complementario”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. Todo ello en el marco del Componente 1 del citado Plan.
Las actividades subvencionables de la presente convocatoria serán las siguientes:
–Actividad 1: Achatarramiento.
–Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
–Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
–Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
–Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.


Las bases reguladoras están recogidas en el RD 983/2021, de 16 de noviembre, aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Mediante la RESOLUCIÓN 419E/2023, de 14 de diciembre se modifican diversos aspectos de esta convocatoria.

Beneficiarios


Es beneficiaria directa de las ayudas previstas para la ejecución de estos programas la Comunidad Foral de Navarra, que deberá destinar el importe de las mismas a costes indirectos y a los sujetos que se enumeran en el siguiente apartado.


Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en los Reales Decretos 983/2021 y 188/2022, conforme a lo previsto en el mismo para cada tipología de actuación, siempre que tengan su domicilio fiscal en Navarra, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:
1.º Las personas físicas o jurídicas que sean titulares en Navarra de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:
a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
b) Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima a fecha de aprobación de los Reales Decretos 983/2021 y  188/2022.


Las personas jurídicas privadas que a la fecha de solicitud de la ayuda presten el servicio público de transporte urbano en autobús, y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la base 2.2-1.º de esta  resolución.


Los destinatarios últimos definidos en el apartado anterior podrán recibir ayudas únicamente en relación con la categoría y clase de vehículos asociada a la habilitación que les otorgue la autorización de la que son titulares.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará al día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra, que ha sido el 16 de junio, y se prolongará hasta el 30 de abril de 2024, a excepción de la actividad 4 definida en la base 4 de esta convocatoria, cuya vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Documentos adicionales


Resol 84E-22

RESOLUCIÓN 331E/2023, de 16 de octubre

Rers 419-23 modifica

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