El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha dado luz verde al Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de reutilización de las aguas.
Las condiciones de escasez y las sequías consecuencia del cambio climático y el impulso de la depuración de aguas residuales han propiciado el desarrollo de la reutilización de las aguas tras ser sometidas a un tratamiento de regeneración. Así, se ha convertido en una importante fuente de suministro que permite liberar otros recursos hídricos de mejor calidad y destinarlos a usos más exigentes —como el abastecimiento de agua potable a la población—, e incrementar los recursos disponibles, sobre todo en las zonas costeras, garantizando una mayor fiabilidad y regularidad del suministro.
El Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, que hoy se deroga supuso un hito en el fomento de la reutilización de las aguas residuales en España. Estableció la normativa básica en la materia fijando los requisitos administrativos para obtener el título habilitante, así como los usos permitidos y criterios de calidad exigidos. Gracias a esto, actualmente en España se reutilizan unos 400 hm3 al año.