Subvenciones vinculadas al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. Programas 4 y 5: Galicia

Estado


Cerrado

Convocante


Instituto Enerxético de Galicia

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Las ayudas de esta convocatoria tienen como objetivo el desarrollo de energías renovables, concretamente el autoconsumo y el almacenamiento eléctrico en el sector servicios y en otros sectores productivos. Esta convocatoria tiene su encaje en los programas estatales de incentivos vinculados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable.


Se convocan ayudas para las siguientes actuaciones:




  • Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable en el sector residencial, Administración pública y en el tercer sector, con o sin almacenamiento

  • Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, administración pública y en el tercer sector


También se consideran actuaciones subvencionables, dentro de los anteriores programas de incentivos, las instalaciones aisladas de la red no reguladas en el Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, realizadas en los sectores de aplicación de cada uno de ellos.


Acceso a la Resolución: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20211006/AnuncioG0474-270921-0004_es.pdf


Mediante la RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2022 por la que se amplía y se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 28 de octubre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector:


«1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria con cargo a los presupuestos del Inega y con el reparto plurianual recogido en la siguiente tabla se financiarán con fondos europeos procedentes del Plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiero por la Unión Europea-NextGenerationEU. El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 22.999.354,00 euros.
Importe 2021; 910.305,00 (€) Importe 2022:  8.805.383,00 (€) Importe 2023: 9.942.857,10 (€) Importe 2024:  3.340.808,90(€) Importe total(€):  22.999.354,00


El presupuesto por partida y anualidad se redistribuirá teniendo en cuenta las solicitudes inscritas conforme a lo establecido en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia entre las siguientes partidas: 06.A3.733A.713.0, 06.A3.733A.760.8, 06.A3.733A.770.7, 06.A3.733A.780.5 y 06.A3.733A.781.7.


El crédito máximo según la tipología de programa y componente será el siguiente:
Programa de actuación Componente
Programa de incentivos 4
Autoconsumo
Componente 7 20.826.684,00 €
Componente 8 1.604.502,00 €
Programa de incentivos 5
Almacenamiento Componente 8 568.168,00 €


Mediante Resolución de 27 de febrero de 2024 se modifica la resolución de 20 de octubre de 2021 en los términos recogidos en la Resolución.

Beneficiarios


a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan
bienes y/o servicios en el mercado.
b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualquier Administración pública a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, este último siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector, entendiendo como entidades u organizaciones del tercer sector las entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
e) Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que tendrán que cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, cuando no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9.00 horas del día 13 de diciembre de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2023.


Mediante el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se amplía el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, manteniéndose, no obstante, la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el 31 de diciembre de 2023.


Documentos adicionales


Res 20-10-21 Programa 4-5

Res 20-10-21 Programa 4-5 Extracto

Res 21-7-22 amplia credito

Res 27-2-24 modifica Res 20-10-21

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