Subvenciones «SOIB Reactiva 2022». Convocatoria. Baleares
Estado
Cerrado
Convocante
Servei d'Ocupació de les Illes Balears (SOIB)
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos que incluyan y fomenten la contratación de jóvenes y de personas en situación de desempleo de larga duración, como colectivos con más dificultades de inserción en un mercado laboral que ha sido objeto de transformaciones profundas, que afectan al empleo de manera sensible.
El proyecto se define como el conjunto de contratos laborales que la entidad beneficiaria pretende formalizar. El objeto de los contratos laborales es llevar a cabo las funciones descritas que se tienen que desarrollar en el puesto de trabajo y el objeto de la subvención es lo previsto de manera individual para cada puesto de trabajo.
El crédito asignado a esta convocatoria es de trece millones de euros (13.000.000,00 €), imputables a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, distribuidos de la manera siguiente:
LÍNEA 1: 6.500.000,00 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D14, capítulo 4; de los cuales, 3.835.000,00 € se imputan al fondo finalista 22021 de los presupuestos generales de la CAIB de 2022, y 2.665.000,00 €, al fondo finalista 23021 de los presupuestos generales de la CAIB de 2023, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
LÍNEA 2: 6.500.000,00 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D13, capítulo 4; de los cuales, 3.835.000,00 € se imputan al fondo finalista 22021 de los presupuestos generales de la CAIB de 2022, y 2.665.000,00 €, al fondo finalista 23021 de los presupuestos generales de la CAIB de 2023, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
El crédito destinado a cada una de las líneas de esta convocatoria se ha distribuido territorialmente entre todos los municipios de la CAIB y en cada isla en función del colectivo y del ámbito territorial, según los datos que proporciona el Observatorio del Trabajo de las Illes Balears (OTIB).
Para asegurar la cobertura de todo el territorio, se ha fijado un importe mínimo y máximo de crédito por territorio:
— El crédito mínimo establecido por municipio (ayuntamientos y entidades dependientes y vinculadas) y por ámbito territorial de isla (consejos y entidades dependientes y vinculadas) para cada una de las líneas es de 20.000 €.
Se tienen que contratar las personas desempleadas que reúnan los requisitos siguientes:
LÍNEA 1. Dirigida a personas jóvenes desempleadas mayores de 16 y menores de 30 años:
— Inscritas en el SOIB en el momento de la contratación.
LÍNEA 2. Dirigida a personas desempleadas de 30 años o más, en situación de desempleo de larga duración:
— Se consideran personas paradas de larga duración las inscritas como paradas en el SOIB 360 días o más en los últimos 540 días, a contar desde la fecha en que la oferta de empleo se ha puesto en difusión en la página web del SOIB.
— El crédito máximo establecido por municipio (ayuntamientos y entidades dependientes y vinculadas) y por ámbito territorial de isla (consejos y entidades dependientes y vinculadas) para cada una de las líneas es el siguiente:
LÍNEA 1: 345.000 € por municipio (ayuntamientos y entidades dependientes y vinculadas) y 200.000 € por ámbito territorial de isla (consejos y entidades dependientes y vinculadas).
LÍNEA 2: 455.000 € por municipio (ayuntamientos y entidades dependientes y vinculadas) y 250.000 € por ámbito territorial de isla (consejos y entidades dependientes y vinculadas).
— Para las mancomunidades se establece un crédito (mínimo y máximo) de 20.000 € para cada línea
Beneficiarios
Pueden acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos, los consejos insulares y las mancomunidades, así como las entidades que dependen o que están vinculadas a ellos, dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Las entidades que dependen de los entes locales o que están vinculadas a ellos y que disponen de personalidad jurídica y de un NIF propio tienen que presentar la solicitud en nombre suyo, y el proyecto que se tiene que ejecutar tiene que ser competencia suya y tiene que formar parte de las funciones esenciales de la entidad, ejerciendo competencias administrativas, en calidad de administración pública o en el ejercicio de autoridad pública.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para presentar las solicitudes de subvención es de quince días naturales a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el BOIB, que ha sido el 12 de julio, por lo que el plazo finaliza el 28 de julio de 2022.
La tramitación de la solicitud de subvención se tiene que generar mediante la aplicación web del SOIB ACCFOR / ESOIB, en el enlace: <https://intranet.caib.es/accfor/principal.xhtml>. Para completar el trámite y considerarlo finalizado, el documento de solicitud que se genere con la aplicación ACCFOR / ESOIB se tiene que firmar electrónicamente y se tiene que presentar por el Registro electrónico común (REC) dentro del plazo de presentación de solicitudes. Hasta que no se complete el trámite de registro electrónico de la solicitud, no se considerará presentada válidamente.
Documentos adicionales