Subvenciones para tratamientos silvícolas de mejora de masas en resinación y acondicionamiento de futuras masas de resinación. Bases reguladoras y convocatoria. Castilla-La Mancha.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla la Mancha

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante la Orden 86/2024, de 28 de abril, se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria correspondiente a la anualidad 2024, para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de tratamientos silvícolas para mejora de masas en resinación y acondicionamiento de futuras masas.


La finalidad de estas ayudas es potenciar las masa de Pinus pinaster para los trabajos de resinación, con la realización del acondicionamiento de las masas, para aumentar la productividad de las mismas y facilitar los trabajos de resinación. Estas ayudas irán dirigidas a financiar los proyectos que tengan por objeto la realización de tratamientos silvícolas encaminados al acondicionamiento de matas de Pinus pinaster en resinación, y futuras masas en resinación incluyendo las siguientes acciones:




  • Desbroces

  • Clareos

  • Podas

  • Eliminación de restos


La intensidad de la ayuda podrá llegar a ser del 100% del coste total subvencionable.


El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 2.700 euros.


El importe máximo por solicitud será de 40.000 euros.

La cantidad destinada a esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.500.000 euros, divididos de la siguientes forma:

  • Anualidad 2024: 350.000 euros.

  • Anualidad 2025: 1.150.000 euros.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras:




  • Personas físicas o agrupaciones de personas físicas.

  • Agrupaciones para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, tendrán que nombrar como representante a una de las personas miembros de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la
    agrupación.
    Cada persona miembro de este tipo de agrupaciones tendrá igualmente la consideración de beneficiaria.

  • Personas jurídicas legalmente constituidas, titulares de explotaciones resineras, que cuenten con un establecimiento válidamente constituido en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

  • Las entidades locales y las personas físicas o jurídicas, titulares de montes con masas de Pinus pinaster, en los que se desarrollen explotaciones resineras.

  • Las entidades locales y las personas físicas o jurídicas, titulares de montes con masas de Pinus pinaster, sin aprovechamiento resinero cuya superficie cumpla los requisitos establecidos en el artículo 9c.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de forma que el plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 30 de mayo y finalizará el 30 de junio de 2024. 


Mediante la última resolución se establece que el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 17 de julio de 2024. 

Documentos adicionales


Orden 86-2024 BR y Conv

Correc error Orden 86-24

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