Subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales vinculados a los instrumentos de recuperación de la tierra agraria. Bases Reguladoras y Convocatoria 2023. Galicia. (FEDER-2023)

Estado


Cerrado

Convocante


Agencia Gallega de desarrollo rural

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Resolución de 26 de diciembre de 2022 tiene como objeto, aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales y convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales vinculados a los instrumentos de recuperación de la tierra agraria.


Serán subvencionables las actuaciones destinadas a:


a) Instalación, ampliación o mejora de las redes de alumbrado público.


b) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de espacios públicos (plazas, paseos, calles, parques públicos, parques infantiles, etc.).


c) Pavimentación de vías públicas municipales.


d) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de edificios o dependencias municipales destinados a la prestación de servicios básicos y/o dotación de equipamientos de estos edificios o dependencias.


e) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de instalaciones deportivas de uso público y/o dotación de equipamientos de las referidas instalaciones.


f) Rehabilitación de elementos patrimoniales, tales como fuentes, lavaderos, hórreos, molinos.


g) Implantación y mejora de servicios asistenciales (atención a la infancia, centros de día, residencias para mayores, dependientes o discapacitados, centros formativos y de inserción/reinserción laboral/social, etc.)


h) Implantación y mejora de servicios culturales (bibliotecas, casas de cultura, de interpretación, museos, etc.).


i) Centros de servicios, así como pequeñas infraestructuras y/o equipamientos a pequeña escala que fomenten la cooperación, servicios e implantación o mejora de las empresas en medio rural.


j) Creación, mejora y desarrollo de infraestructuras para mejorar las comunicaciones en aquellos entornos en las que no sean posibles las comunicaciones de voz en movilidad.


k) Pequeñas infraestructuras de abastecimiento de agua, saneamiento y depuración de aguas residuales y gestión de aguas pluviales.


l) Pequeñas infraestructuras y energías renovables y relacionadas con la eficiencia energética.


m) Digitalización de núcleos rurales.


n) Implantación de e-servicios mediante TIC específicas para la provisión de servicios en el medio rural. Desarrollo de modelos de prestación de servicios por medios electrónicos y haciendo uso de las nuevas tecnologías para conseguir la personalización y proactividad del servicio o la gestión inteligente de redes de distribución.


La dotación máxima para financiar estas ayudas asciende a 2.097.000 €.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de las ayudas gestionadas al amparo de estas bases reguladoras los ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:


1. Que cuenten en su ámbito territorial con los siguientes instrumentos voluntarios de recuperación y/o movilización de tierras en los siguientes términos:


– Que se haya declarado en su territorio una aldea modelo al amparo de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, o bien al amparo de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.


– Que se haya iniciado en su territorio el procedimiento de aprobación para el desarrollo de un polígono agroforestal, en los términos previstos en el artículo 83 de este texto legal.


2. Haber remitido al Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas del último ejercicio presupuestario al que legalmente esté obligado, antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.


3. Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia.


4. Tener la titularidad o, en su caso, la disponibilidad, durante un período mínimo de cinco años, de los bienes sobre los que se va a actuar.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la resolución por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales vinculados a los instrumentos de recuperación de la tierra agraria, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2023. Es decir que el plazo se cerrará el día 2 de marzo de 2023.

Documentos adicionales


Resolución de 26 de 12 de 22 BR y Convocatoria

Extracto

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