Subvenciones de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial: Castilla y León

Estado


Abierto

Convocante


Junta de Castilla y León

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


El objeto de la convocatoria es promover el despliegue de las energías renovables, tanto térmicas como eléctricas, en los distintos sectores consumidores, fomentar un mayor control del consumo mediante el desarrollo de los sistemas de almacenamiento detrás del contador y el impulso a la industria y al sector empresarial asociado, se aprueba los seis programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables que se indican a continuación:


  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector.

  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.


Acceso a la Resolución

Beneficiarios


Podrán acogerse a estas ayudas, conforme a lo previsto para cada programa de incentivos cualesquiera de las personas y entidades que se enumeran a continuación: Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.


b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.


Para los programas de incentivos 4 y 5, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.


b) Las entidades locales y el sector público institucional.


c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.


d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica.


e) Comunidades de propietarios


f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía


Para el programa de incentivo 6, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.


b) Entidades u organizaciones públicas o privadas


c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica


d) Comunidades de propietarios


e) Las entidades locales y del sector público institucional

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 31 de diciembre de 2023, tal día inclusive.

Acceso a Convocatoria

Documentos adicionales


BOCYL-D-29092021-27

Orden 24-9-2021 conv

Res 16-5-22 delegacion competencias

EXTRACTO de la Orden de 29 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2021

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