Subvenciones para la realización de actuaciones de mejora de la empleabilidad y la inserción dirigidas a colectivos vulnerables. Bases reguladoras y convocatoria 2022. Castilla-La Mancha
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Castilla-La Mancha
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
La presente orden 153/2022 tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la realización de actuaciones de mejora de la empleabilidad y la inserción dirigidas a colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia–Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, y efectuar la convocatoria para 2022.
La finalidad de estas subvenciones es mejorar las condiciones de empleabilidad de personas desempleadas que pertenezcan a colectivos especialmente vulnerables, con el objetivo final de lograr su inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo, mediante la realización de acciones de orientación, información e intermediación laboral por parte de agencias de colocación.
Con esta orden se regulan las bases reguladoras de estas subvenciones y, a su vez, se efectúa la convocatoria del mismo para 2022.
El crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente Orden, asciende a 6.000.000,00 euros:
La cuantía de la subvención se fijará en la resolución de concesión, determinándose en función del número de personas usuarias que le sean asignadas a la entidad beneficiaria y del objetivo de inserción que se determine, desglosándose del siguiente modo:
a) Se concederán 1.200 euros por persona atendida, en los términos previstos en el artículo 11.
b) Se concederán 3.800 euros por persona insertada, en los términos previstos en el artículo 12
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades locales y sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como las entidades privadas con o sin ánimo de lucro, siempre que operen como agencias de colocación.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes de ayuda, junto con el correspondiente proyecto de actuación, se presentarán en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y se dirigirán a la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral.
Cada entidad podrá presentar una única solicitud dirigida a una o ambas líneas de subvención a las que puede concurrir. En caso de presentación por una entidad de varias solicitudes, sólo se atenderá a la última solicitud formalmente registrada, no admitiendo a trámite el resto, salvo renuncia expresa por escrito de la entidad a la solicitud concreta, efectuada dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado recogido en el Anexo II al que se acompañará el Anexo III, Anexo IV, Anexo V y Anexo VI, que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
Documentos adicionales