Subvenciones para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios. Bases reguladoras y convocatoria 2022. Canarias

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. Canarias

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Mediante la Orden nº 226/2022 del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, de 22 de junio de 2022, se convocan ayudas en concurrencia competitiva,  para el periodo 2022, para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Con cargo a las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, solo podrán financiarse proyectos que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:


1. Deberán tener por objeto obras específicamente destinadas a alcanzar la finalidad de las ayudas señalada en la base primera: mejora y renovación de sistemas de abastecimiento locales que sirven a pequeños y  medianos municipios (captación. Aducción y transporte, depósitos, potabilizadoras y redes de distribución) y las encaminadas a la reducción de pérdidas en las redes de dichos sistemas de abastecimiento, ahorro en el  consumo de agua y/o incremento de la garantía de suministro.


2. Deberán tener por objeto sistemas de abastecimiento locales que sirvan a municipios con población inferior a 20.000 habitantes, de acuerdo con el Real Decreto 1065/2021, de 30 de noviembre, por el que se declaran  oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2021 o la normativa vigente en la fecha de publicación de la convocatoria.


3. Las actuaciones deberán contar con el compromiso de la Administración titular del sistema de abastecimiento con la ejecución del proyecto y la posterior explotación de las obras, así como su conservación y  mantenimiento.


4. Las actuaciones subvencionables:


a) No podrán haber sido o ser declaradas de interés general del Estado, salvo que mediante protocolo o convenio con la Administración General del Estado, la Comunidad Autónoma o la Entidad Local correspondiente  haya asumido la ejecución de actuaciones de interés general, en cuyo caso estas podrán ser financiadas con cargo a las presentes subvenciones.
b) No podrán disponer, a la fecha de presentación de la solicitud, de una asignación en firme de fondos europeos en el marco de la programación financiera vigente.
c) No podrán contar, a la fecha de presentación de la solicitud, con financiación de la Administración General del Estado por estar incluidas en un convenio o protocolo con esta.


El importe del crédito presupuestario que se asigna a la presente convocatoria asciende a un total de cinco millones setecientos cuarenta y tres mil ochocientos treinta y cinco (5.743.835,00) euros. Las cuantías de las ayudas otorgadas en la presente convocatoria serán las establecidas en el apartado sexto de las bases, la cual se calculará como un porcentaje sobre el coste total subvencionable del proyecto. Dicho porcentaje variará  según se trate de proyectos a ejecutar en municipios de población superior a 15.000 habitantes (60% del coste total subvencionable) o en municipios de población igual o inferior a 15.000 habitantes (80% del coste total subvencionable).

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades competentes en materia de abastecimiento en cada ámbito territorial, incluyéndose las entidades locales territoriales  (municipios, cabildos insulares, sus organismos autónomos, esto es consejos insulares de aguas, …), corporaciones de derecho público, consorcios, mancomunidades, las empresas públicas o concesionarias, Heredamientos y Comunidades de Aguas,  constituidos al amparo de la normativa aplicable y de las Comunidades de Usuarios previstas en la legislación estatal de agua, u otros organismos similares.


La condición de “entidad competente” se entenderá en un sentido amplio, siendo posibles beneficiaras de las subvenciones tanto las que ostentes competencias en materia de abastecimiento atribuidas directamente por la normativa aplicable, como las que lleven a cabo la gestión del servicio en virtud de contrato, convenio de colaboración o cualquier otra figura jurídica análoga. En todo caso, la competencia o atribución deberá referirse al ámbito territorial en el que se vaya a ejecutar el proyecto respecto al que se solicita la subvención.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial de Canarias, que ha sido el 6 de julio, y finalizará a los dos meses, contados de fecha a fecha, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, por lo que el plazo finaliza el 7 de septiembre de 2022.


La presentación de solicitudes se realizará con arreglo a lo siguiente:
Obligatoriamente a través del respectivo procedimiento de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: https:// sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7486

Documentos adicionales


Orden 22-6-22 Extracto

Orden 22-6-22 BR y Conv

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