Orden 14/2025, del 22 de mayo por la que modifica el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados para la mejora del abastecimiento de agua y reducción de pérdidas en las redes de municipios pequeños y medianos. Islas Baleares.
Estado
Abierto
Convocante
Consejería del Mar y del Ciclo de Agua. Illes Balears
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Balears, Illes
Objeto
La presente orden tiene como objeto publicar las bases reguladoras y la convocatoria del año 2022 de las subvenciones públicas para la mejora del abastecimiento de agua y reducción de pérdidas en las redes de municipios pequeños y medianos de las Islas Baleares, financiados por la Unión Europea-NextGeneration EU.
Beneficiarios
Las entidades públicas titulares de sistemas de abastecimiento de agua siguientes:
a) Los municipios de las Islas Baleares de menos de 20.000 habitantes.
b) Los Consorcios locales para los municipios de menos de 20.000 habitantes.
c) Mancomunidades de municipios para los municipios de menos de 20.000 habitantes.
d) Los entes del sector público instrumental y las sociedades de capital público que presten el servicio de abastecimiento de agua a municipios de menos de 20.000 habitantes.
El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 2.606.098,25€ (dos millones seiscientos seis mil noventa y ocho euros y veinticinco céntimos) según la distribución y con cargo a las partidas presupuestarias que se indican en el punto quinto de la convocatoria.
El importe máximo de las subvenciones es del 80% del coste total subvencionable con un máximo de 250.000,00€ (dos cientos cincuenta mil euros) por proyecto, sin que en ningún caso el importe de la subvención supere, en concurrencia con otras subvenciones, el coste del proyecto objeto de la subvención.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, finalizando el mismo día en que se produjo la publicación en el mes del vencimiento.
Publicado en el BOB del 9 de abril.
La Orden 14/2025, de 22 de mayo, modifica únicamente un aspecto concreto de la Orden 7/2022, en relación con el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados. En concreto:
Modifica el apartado Cuarto, punto 3, del Anexo I de la Orden 7/2022, que regulaba los plazos de ejecución de los proyectos.
Quedando de la siguiente manera: El plazo máximo para la ejecución de los proyectos finaliza el 30 de junio de 2026. Es obligatorio que se encuentren ejecutados el 30 de junio de 2025 en más del cincuenta por ciento (50%) de la inversión prevista
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