Subvenciones para la dotación de medios materiales para las agrupaciones de voluntarios de protección civil. Bases Reguladoras. Castilla-La Mancha. (FEDER)

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Orden 88/2023, tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la dotación de medios materiales a entidades locales que cuenten con agrupación de voluntarios de protección civil.


Las subvenciones reguladas en esta Orden tienen la finalidad de fomentar que las entidades locales, que cuenten con agrupación de voluntarios de protección civil, tengan el equipamiento mínimo homogéneo necesario para hacer frente a las incidencias que acontecen en los municipios y, especialmente, cuando la coordinación es competencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.


Estas ayudas son cofinanciables en un 85% conforme al porcentaje del Programa de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del Feder 2021-2027, dado que la actuación objeto de esta convocatoria está claramente alineada con el objetivo político 2 consistente en “una Europa más verde, baja en carbono en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad urbana sostenible” y con el objetivo específico 4 relativo al “fomento de la adaptación al cambio climático, y la prevención de riesgo de catástrofes, así como la resiliencia teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas”.

Beneficiarios


Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones, aquellas entidades locales de Castilla-La Mancha que, a la fecha de publicación de la respectiva convocatoria, cuenten con agrupación de voluntarios de protección civil inscrita en el Registro de Agrupaciones y Voluntarios de Protección Civil de Castilla-La Mancha y cuya acreditación como entidad de voluntariado de protección civil se encuentre vigente.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo en el que deberá presentarse la solicitud de ayuda será como mínimo de 15 días desde la publicación de la convocatoria.

Documentos adicionales


Ord 88-23 BR

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