Subvenciones para financiar proyectos de la Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades locales en infraestructuras turísticas. Bases reguladoras y convocatoria 2024. Canarias

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Turismo y Empleo. Canarias

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de estas bases recogidas en la Orden nº 276/2023 de 29 de diciembre de 2023 y la convocatoria para el 2024, consiste en promover la mejora de la competitividad de los destinos turísticos paliando las desventajas competitivas que se recogían en Monitur 2018 para Canarias, y que son la mejora del  atractivo de los espacios públicos, el tratamiento de residuos o gestión medioambiental, la estructuración de productos turísticos y aquellos proyectos destinados a actuaciones de mejora de la calidad turística del destino  a través del embellecimiento y la sostenibilidad, cumpliendo estándares de calidad, durabilidad e idiosincrasia del lugar siendo promovidos por parte de entidades locales, cabildos o mancomunidades.


Serán consideradas actuaciones objeto de la presente subvención las que se enmarcan dentro de las infraestructuras turísticas sobre bienes de interés o titularidad pública o bienes con carácter inventariable con finalidad turística en las siguientes líneas de actuación:
a) La conservación, mantenimiento, puesta en valor y rehabilitación de infraestructura pública turística.
b) La mejora y recuperación medioambiental, tanto en zonas de litoral como en espacios naturales de titularidad pública.
c) La modernización de los sistemas de gestión de residuos, abordando la prevención, la reducción de la generación de los mismos y la implantación de sistemas de recogida separada de los distintos materiales que posibiliten la preparación para su reutilización o reciclaje, así como la introducción de mejoras en los sistemas de tratamiento de aguas grises.
d) La mejora del equipamiento y sistemas afectos al interés público y con fines turísticos en el ámbito de la seguridad y emergencia.
e) El desarrollo del producto turístico alternativo al sol y playa donde se ordene y visibilice el valor intrínseco cultural, patrimonial, histórico y etnográfico.
f) Las actuaciones de aclimatación y adaptación al cambio climático, en particular en lo relativo a la mejora en los sistemas de riego, reutilización de recursos hídricos y en la selección óptima de especies arbóreas y arbustivas locales y sobre aquellos bienes de relevante y justificado valor cultural, patrimonial, histórico y/o etnográfico.


La dotación económica para estas subvenciones es de dieciséis millones (16.000.000,00) de euros.


Se establece el límite máximo a subvencionar por solicitante, quienes podrán participar de todas las actuaciones que consideren, siempre y cuando la suma de los presupuestos de dichas actuaciones no supere el límite de 2.000.000 de euros.


El pago de la subvención se efectuará mediante abono anticipado del 100% a la ejecución de la actuación. Se tramitará de oficio por el órgano instructor, tras notificación de la resolución definitiva y la aceptación de la  mismapor parte de la entidad beneficiaria.


No serán considerados los proyectos cuyo tiempo de ejecución sea superior a 10 meses.


Notificada la resolución de concesión a la persona o entidad beneficiaria y aceptada  la misma, dispondrá hasta el 1 de diciembre de 2024 para la conclusión de las actuaciones y deberá remitir la documentación acreditativa para la justificación de las actuaciones antes del 31 de diciembre de 2024.

Beneficiarios


1. Podrán ser beneficiarios de esta subvención, que tendrán la condición de entidades  ejecutoras a los efectos del Mecanismo de Recuperación, quienes a continuación se relacionan:
a) Los Cabildos, los Ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y otras entidades locales de base asociativa podrán solicitar las ayudas para sus bienes, o para bienes cedidos por otras administraciones públicas de  acuerdo con la normativa patrimonial aplicable. La cesión deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud.
b) Los consorcios, mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para sus bienes o bienes cedidos de otras  administraciones públicas de acuerdo con la normativa patrimonial aplicable. La disponibilidad de los bienes, en su caso, deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud.

Plazo, lugar y forma de presentación


La solicitud se presentará en la forma indicada en las presentes bases a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramitador/creacion/tramites/8895.


El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, que ha sido el 17 de enero de 2024,  y estará abierta hasta la existencia de crédito presupuestario y no más allá del 30 de junio de 2024, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.

Documentos adicionales


Orden 29-12-23 Extracto

Orden 29-12-23 BR y conv 2024

Compartir en: