Subvenciones para el fomento del autoconsumo compartido y el desarrollo de Comunidades Energéticas en diferentes sectores. Bases Reguladoras y Convocatoria. Canarias.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. Canarias

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Orden 20 de diciembre de 2022, tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas destinadas al fomento del autoconsumo compartido y el desarrollo de Comunidades Energéticas en diferentes sectores, en el marco de la Estrategia de Energía sostenible en las Islas Canarias (Programa 2, Línea 1).


Con cargo a las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, solo podrán financiarse actuaciones que, además de cumplir los requisitos indicados en las bases reguladoras, correspondan a alguna de las siguientes tipologías de actuaciones (conforme al detalle incluido en el Anexo I de las bases reguladoras), y que se proponga ejecutar en las Islas Canarias:


A.- Despliegue de instalaciones de autoconsumo renovable, con o sin almacenamiento, en el sector residencial y otros sectores productivos (excepto el industrial).


B.- Fomento de comunidades energéticas en diferentes sectores.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes personas o entidades, conforme a lo establecido en la base segunda de las que regulan la presente convocatoria:


A.- Personas jurídicas en sentido amplio, con independencia de que realicen o no actividad económica, con o sin ánimo de lucro, incluyendo, entre otros:


A.1.- Las gestoras de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.


A.2.- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.


A.3.- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.


B.- Personas físicas, con independencia de que realicen o no actividad económica.


C.- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.


D.- Las Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de estas, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003.


E.- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de los edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 11 de enero de 2023 y finalizará el día 11 de abril de 2023. Dicho plazo podrá ser ampliado, en caso de que sea posible incrementar el presupuesto inicial de la convocatoria, o si se considera oportuno para permitir el registro de solicitudes que cubran dicho importe inicial.


Mediante Orden de 5 de abril de 2023 se amplía el plazo para presentación de solicitudes hasta el 12 de mayo de 2023.

Documentos adicionales


Orden 5-4-23 Amplia plazo extracto

Extracto 20-12-22

Orden 20-12-22 BR y Convocatoria

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