Subvenciones en régimen de evaluación individualizada a entidades locales titulares de Servicios Sociales de Base para la modernización digital de los mismos mediante inversiones en elementos de soporte físico de sus sistemas informáticos, en el marco de la medida C22.I2 Plan de Modernización de los Servicios Sociales. Convocatoria. Navarra

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Derechos Sociales. Comunidad Foral de Navarra

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La Orden Foral 303E/2022, de 14 de junio establece las bases reguladoras de la convocatoria que tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales titulares de servicios sociales de  base de la Comunidad Foral de Navarra en materia de inversiones para la digitalización de los servicios sociales de base.


La presente convocatoria viene a dar cumplimiento al convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Foral de Navarra, relativo a la transferencia de fondos  para financiar medidas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de la Conferencia Sectorial.


Las subvenciones a las que se refiere el apartado 1, tendrán por objeto la adquisición de elementos de soporte físico del sistema informático (hardware) en los términos que se detallan en la presente convocatoria.


Las ayudas reguladas en esta orden se otorgarán en régimen de evaluación individualizada, respetando en todo caso los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.


La cuantía económica total para esta convocatoria de subvención asciende a 1.492.000 euros y se financiará con cargo a la partida 900003 91600 7609 231000 [PEP: E-21-000361-01]: MRR Transformación tecnológica Servicios Sociales de Base, del presupuesto para 2022.


Para poder ser beneficiarias de las subvenciones las entidades presentarán proyectos de inversión que deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser adecuados a los objetivos y finalidades contenidos en la base primera de la Convocatoria.
b) Dar respuesta a las necesidades de transición digital del servicio social de base facilitando la movilidad, la intervención social en domicilios, el teletrabajo o la atención a la ciudanía.
c) Ser adecuados a los requerimientos técnicos y elementos subvencionables descritos en la base 7.
d) Realizar el gasto entre 1 de febrero de 2020 y el 15 de noviembre de 2022.

Beneficiarios


Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria conforme al artículo 3.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, las entidades locales titulares de Servicios Sociales de Base.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el día 31 de julio de 2022. La presentación de solicitudes  fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.


La presentación de solicitudes se efectuará de manera telemática, desde la ficha publicada en el portal de “Servicios para el ámbito de la Administración pública”, accesible desde el Portal de Navarra (www.navarra.es) e irán dirigidas a la Sección de Atención Primaria y Comunitaria.

Documentos adicionales


Orden Foral 303E-22

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