Subvenciones del Departamento de Derechos Sociales para el impulso y fomento de la accesibilidad en los espacios de atención a la ciudadanía de los entes locales de Cataluña. Convocatoria Líneas 1 a 5. Cataluña

Estado


Cerrado

Convocante


Departamento de Derechos Sociales. Cataluña

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Mediante la Resolución DSO/2055/2022, de 28 de junio, se procede abrir la convocatoria de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en régimen de concurrencia pública competitiva, correspondiente a las líneas 1, 2, 3, 4 y 5.


La relación de las líneas que se deben subvencionar, de acuerdo con el anexo 2 de la Orden de bases mencionada, es la siguiente:


Línea 1. Inversión para nuevos centros residenciales y de atención diurna y remodelación de centros existentes. Esta línea tiene como objetivo financiar inversiones en centros residenciales y diurnos destinados al cuidado de larga duración de personas mayores, personas con discapacidad y personas con problemática social derivada de enfermedad mental, de adicciones o provocada por el virus VIH. También incluye inversiones en equipamientos para la protección de personas sin hogar o con necesidades de alojamiento temporal.
Partidas presupuestarias: BE01 D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I01.
El importe total para esta línea de subvenciones es de 95.000.00,00 euros, con la siguiente distribución anual:
75.000.000,00 euros para la anualidad 2022 y 20.000.000,00 euros para la anualidad 2023.


Línea 2. Proyectos de tecnología al servicio de la atención y el cuidado de las personas. Subvenciones por actuaciones que utilicen la tecnología para aportar soluciones a las personas en situación de dependencia, de discapacidad o de problemática  social derivada de enfermedad mental, que faciliten su autonomía personal, así como su cuidado y atención, el mantenimiento de la persona en el entorno domiciliario, la atención integrada social y sanitaria y las iniciativas que faciliten la  participación e implicación del voluntariado.
Partidas presupuestarias: BE01 D/449000100, D/460000100, D/470000100, D/481000100, D/482000100, D/749000100, D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I01.
El importe total para esta línea de subvenciones es de 30.000.000,00 euros, con la distribución anual siguiente:
20.000.000,00 euros para la anualidad 2022 y 10.000.000,00 euros para la anualidad 2023.


Línea 3. Proyectos tecnológicos que contribuyan a la mejora y transformación de los modelos de gestión de los servicios sociales. Las actuaciones podrán consistir en la construcción, la mejora o la actualización del software de los sistemas de información necesarios para la acción de intervención social, que también podrán incorporar la adquisición de licencias y la renovación, la mejora o la actualización del hardware, que sean necesarios para la implantación de estas actuaciones en el ámbito de la transformación digital de la atención social de los cuidados.
Partidas presupuestarias: BE01 D/460000100, D/470000100, D/481000100, D/482000100 D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I02.
El importe total para esta línea de subvenciones es de 6.000.000,00 euros, con la siguiente distribución anual:
4.500.000,00 euros para la anualidad 2022 y 1.500.000,00 euros para la anualidad 2023.


Línea 4. Proyectos de innovación en servicios sociales. Esta línea pretende subvencionar proyectos piloto de innovación en servicios sociales que pongan en práctica iniciativas pioneras teniendo en cuenta que la evaluación del impacto de los  proyectos debe permitir extraer reflexiones y resultados para el conjunto de la sociedad y del sistema, así como el intercambio de conocimiento y aprendizaje para orientar los procesos de modernización e impulsar nuevas líneas de trabajo e  intervención con la implicación de las administraciones.
Partidas presupuestarias: BE01 D/449000100, D/460000100, D/470000100, D/481000100, D/482000100, D/749000100, D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I02.
El importe total para esta línea de subvenciones es de 8.000.000,00 euros, con la siguiente distribución anual:
6.000.000,00 euros para la anualidad 2022 y 2.000.000,00 euros para la anualidad 2023.


Línea 5. Modernización y transformación ecológica y digital de las infraestructuras residenciales para niños y adolescentes tutelados y extutelados y transición energética y medioambiental de las instalaciones juveniles. Esta línea incluye las dos siguientes líneas:
5.1. Subvenciones de inversión para la realización de obras y para la adquisición de equipamiento y hardware para la modernización y transformación ecológica y digital de las infraestructuras residenciales para niños y adolescentes tutelados y extutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) con el objetivo de ser sostenibles, accesibles y adaptados a las nuevas tecnologías.
5.2. Subvenciones para financiar actuaciones de transformación ecológica de las instalaciones destinadas a alojar niños, adolescentes y jóvenes, para hacer efectiva la transición energética, ecológica y medioambiental.
Partidas presupuestarias: BE01 D/781000100 y D/782000100 del programa presupuestario 318 con respecto a la línea 5.1.
BE01 D/760000100, D/770000100, D/781000100, D/782000100 del programa presupuestario 321 con respecto a la línea 5.2. Fondo FMRRC22I02.
El importe total para esta línea de subvenciones es de 5.000.000,00 euros, con la siguiente distribución anual:
3.000.000,00 euros para la anualidad 2022 y 2.000.000,00 euros para la anualidad 2023.


La tramitación, la resolución y el otorgamiento de las subvenciones que prevé esta convocatoria, así como las condiciones, los criterios de valoración, los requisitos de participación y la documentación que se debe aportar (base 16 del anexo 1), se rigen  por las bases que establece la Orden DSO/109/2022, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases que deben regir las convocatorias de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y  resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.

Beneficiarios


Personas beneficiarias de la Línea 1 : Pueden optar a esta línea de subvenciones:
a) Entidades sin ánimo de lucro.
b) Los entes locales y los organismos o las entidades del sector público institucional que dependan de estos. (según modificación de Orden DSO/153/2022)
c) Entidades mercantiles.
d) Personas trabajadoras autónomas


Personas beneficiarias de la Línea 2: Pueden optar a esta línea de subvenciones:


a) Entidades sin ánimo de lucro.
b) Los entes locales y los organismos o las entidades del sector público institucional que dependan de estos. (según modificación de Orden DSO/153/2022).
c) Entidades mercantiles.
d) Personas trabajadoras autónomas.
e) Universidades y centros de investigación.


Personas beneficiarias de la Línea 3: Pueden optar a esta línea de subvenciones:


a) Entidades sin ánimo de lucro.
b) Los entes locales y los organismos o las entidades del sector público institucional que dependan de estos. (según modificación de Orden DSO/153/2022).
c) Entidades mercantiles.
d) Personas trabajadoras autónomas.


Personas beneficiarias de la Línea 4: Pueden optar a esta línea de subvenciones:


a) Entidades sin ánimo de lucro.
b) Los entes locales y los organismos o las entidades del sector público institucional que dependan de estos. (según modificación de Orden DSO/153/2022).
c) Entidades mercantiles.
d) Personas trabajadoras autónomas.
e) Universidades y centros de investigación.


Personas beneficiarias de la Línea 5: Pueden optar a esta línea de subvenciones:


Se pueden acoger a las subvenciones que prevé esta línea las entidades de servicios sociales privadas constituidas legalmente y acreditadas de acuerdo con el Decreto 69/2020, de 14 de julio, de acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación del formulario de solicitud, junto con los anexos correspondientes que lo acompañan, empieza a las 9.00 horas del primer día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria, que ha sido el 1 de julio,  y finaliza a las 15.00 horas del 20º día hábil, por lo que el plazo finalizará el 29 de julio de 2022.


El formulario de solicitud normalizado está disponible en el apartado Trámites del web de la Generalitat de Catalunya (https://web.gencat.cat/ca/tramits/), en el portal corporativo del Canal Empresa (https://canalempresa.gencat.cat) y en la extranet de las administraciones públicas catalanas EACAT (https://www.eacat.cat) en el caso de las administraciones locales y organismos o entidades dependientes. Una vez se haya rellenado, se debe presentar electrónicamente con la documentación que se indica en el mismo web.

Documentos adicionales


Res 2055-22 Conv Lineas 1-5

Orden DSO 153-22 modf DSO 109-22

Orden DSO-109-22 BR Sub Dept Dº Soc

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