Subvenciones a las entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, así como proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural, con base en el proyecto piloto Talento intergeneracional. Bases Reguladoras y Convocatoria. Galicia.

Estado


Cerrado

Convocante


Conselleria de Política Social y Juventud. Galicia

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Estos programas consisten en instar a la participación en las entidades de acción voluntaria y en las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia de las personas jóvenes gallegas para su colaboración como personas voluntarias en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten al amparo de esta convocatoria y dentro de los sectores de actuación establecidos en la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de acción voluntaria. Además, en esta convocatoria se subvencionarán actuaciones que posibiliten la participación de estas personas jóvenes en grupos intergeneracionales orientados al desarrollo de proyectos de voluntariado enmarcados en las actividades vinculadas con el proyecto piloto Talento intergeneracional


Serán subvencionables los proyectos de acción voluntaria presentados por entidades de acción voluntaria y entidades locales, siempre que dicha acción voluntaria la desarrollen personas jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años. Para las personas menores de 18 años se precisa, además, autorización de la madre, padre o persona que ejerza la tutoría legal.


Estos proyectos que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia se desarrollarán, prioritaria pero no exclusivamente, en alguna de las siguientes actividades:


– Actividades relacionadas con el Camino de Santiago.


– Actividades de recuperación de la cultura/arte/tradiciones populares gallegas.


– Actividades con colectivos en situación de riesgo.


– Actividades juveniles.


– Actividades ambientales.


– Actividades relacionadas con la igualdad de género o aquellas que desarrollen medidas orientadas a la prevención y sensibilización en materia de violencia de género.


– Actividades relacionadas con el ámbito familiar.


– Actividades relacionadas con la puesta en valor del medio rural.


– Actividades relacionadas con el bienestar de las personas mayores.


En los proyectos que desarrollen la actividad prevista en la letra j) del apartado 2.2 de la orden, junto con las personas jóvenes comprendidas entre los 16 y los 30 años deberán participar mayores de 55 años en el mismo número que el de personas jóvenes, pudiendo completarse el grupo intergeneracional con personas comprendidas entre los 31 y los 54 años.


Dentro de este apartado j), serán subvencionables las siguientes líneas:


Línea 1. Cuidados: evaluar el aislamiento en el que se encuentran algunas personas mayores, y elaboración de proyectos orientados a la integración de estas personas que residan solas o en áreas con baja población, con la finalidad de paliar el aislamiento y potenciar la participación en actividades colectivas mediante el establecimiento de puntos de encuentro en su entorno que faciliten su participación sin necesidad de hacer grandes desplazamientos.


Línea 2. Protección del medio ambiente: proyectos encaminados a la eliminación de especies invasoras en zonas de especial sensibilidad ambiental o a la recuperación de especies autóctonas.


Línea 3. Cohesión tecnológica y digital: proyectos orientados a la digitalización para personas mayores (manejo de teléfonos móviles, apps, relaciones con entidades bancarias, servicios sanitarios o administrativos).


Además, para tener la consideración de subvencionables, los proyectos no pueden ser iguales a los presentados por la misma entidad, en caso de haber otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.


Mediante la orden de 13 de octubre de 2023 se modifica el plazo para la presentación de la documentación justificativa.

Beneficiarios


Las entidades beneficiarias de las ayudas serán las entidades de acción voluntaria y las entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil del año 2023.


Asimismo, tendrán la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de carácter rural que realicen actividades relacionadas con el proyecto piloto Talento intergeneracional en el eje 3. Cohesión social y territorial, política palanca VIII, Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, donde se encuentra el componente 22, Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión.


A efectos de esta orden, se consideran entidades locales de carácter rural aquellos ayuntamientos que cuentan con alguna zona, en el nivel de parroquia, con baja densidad de población (ZDP) según la clasificación publicada por el Instituto Gallego de Estadística GU2016 (https://www.ige.eu/web/mostrar_paxina.jsp?paxina=003003001&idioma=gl). Tienen la consideración de entidades locales de carácter rural todos los ayuntamientos gallegos excepto los ayuntamientos de Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.


Se ha publicado el día 18 de agosto de 2023 y se cerrará el día 18 de septiembre de 2023

Documentos adicionales


Extracto

Orden

ORDEN de 13 de octubre de 2023

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