Subvenciones a la inversión para la modernización y la gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales. Convocatoria 2022. Andalucía.
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Andalucía.
Procedencia
CC.AA.
Objeto
Por la Resolución de 13 de diciembre de 2022, se convoca la convocatoria del 2022 para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».
- Estas ayudas tendrán por objeto la financiación de proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de los espacios escénicos de Andalucía que tengan una programación continuada en cuanto a la exhibición de espectáculos de artes escénicas, música y flamenco.
- Las infraestructuras que podrán ser motivo de inversión son: teatros, salas de teatro, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo y otros espacios que pueda justificar su uso y programación en artes escénicas, música y flamenco.
- Las ayudas se destinarán a la modernización digital, transición verde y transformación de los espacios escénicos y musicales fomentando una gestión inteligente y sostenible.
Conceptos subvencionables:
1. Modernización de sistemas de audio y comunicaciones en red.
2. Modernización de los sistemas de iluminación digitales.
3. Modernización de los sistemas de video digitales.
4. Modernización de gestión digital de maquinaria escénica.
5. Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.
La dotación global máxima establecida para esta convocatoria es de 2.031.597,43 euros, siendo la cuantía máxima de la subvención 180.000,00 euros siempre que no supere el 80% del presupuesto subvencionable. Dicho presupuesto no podrá ser inferior a 20.000,00 euros.
Beneficiarios
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, que tengan domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía. De conformidad con la normativa estatal de referencia, en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios las propias entidades autonómicas convocantes, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas con personalidad jurídica propia.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil, siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Quedando entonces el día 13 de enero de 2023 como cierre de presentación de las solicitudes.
Documentos adicionales
Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2022