Subvención para proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales. Convocatoria 2023. Navarra
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Procedencia
CC.AA.
Objeto
Las subvenciones que se regulan en esta Orden Foral 78E/2022 tienen como finalidad financiar proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales existentes en Navarra, tanto de titularidad pública como privada. Las ayudas cubrirán la propuesta de inversión dedicada a la modernización digital, transición verde y transformación delos espacios escénicos y musicales fomentando una gestión inteligente y sostenible.
Las ayudas a infraestructuras deberán circunscribirse a teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo y otros multidisciplinares. Se excluyen las salas/estudios de grabación musical o audiovisual.
Los proyectos de inversión deberán destinarse a las siguientes actuaciones:
–Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.
–Modernización de los sistemas de iluminación digital.
–Modernización de los sistemas de vídeo digital.
–Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.
–Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos.
–Medidas de reducción de consumo de energía.
La partida presupuestaria para el año 2023 tendrá un importe de 440.171,18€. Por Orden Foral 49E/2023, de 4 de abril, se ha ampliado el presupuesto de la convocatoria en 20.677,06€.
Mediante la Orden Foral 92E/2023 se modifican varios aspectos de esta convocatoria
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales de Navarra o de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, titulares de las infraestructuras de artes escénicas y musicales en las que se pretenda llevar a cabo la inversión. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia Administración de la Comunidad Foral de Navarra, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de la misma con personalidad jurídica propia.
También podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades públicas y privadas recogidas en la base anterior, gestoras de las infraestructuras por delegación del titular, si han sido autorizadas por sus titulares propietarios para la realización de las inversiones en las mismas. El ente gestor será responsable de la solicitud de la subvención y de la ejecución de la inversión y su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la infraestructura serán asumidas por el beneficiario y subsidiariamente por el titular propietario de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra. Siendo el 23 de enero el día de cierre de plazo.
Documentos adicionales
Orden Foral 78E/2022 Convocatoria