Segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II)

Estado


Cerrado

Convocante


IDAE

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Esta convocatoria pretende contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad para la consecución de los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y del Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica.


De esta manera, se incentivará la realización de proyectos singulares de innovación en movilidad eléctrica en todo el territorio nacional.


Se apoyan aquellos proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible.


Esta convocatoria, que forma parte del Programa MOVES Proyectos Singulares II, se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España y, más concretamente, bajo la  inversión 2 del Componente 1 "Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos".


Las acciones financiables son:


I. Movilidad eléctrica y aplicaciones TIC




  • Proyectos relativos a conectividad comunicación entre vehículos eléctricos e infraestructura de recarga.

  • Proyectos relativos a interoperabilidad de servicios digitales aplicables al vehículo eléctrico que permitan avanzar en los servicios de electromovilidad, permitiendo la interoperabilidad entre vehículo y punto de recarga, así como entre distintos modos de transporte.

  • Aplicaciones innovadoras de cualquier tipo de vehículo eléctrico o de pila de combustible, en ámbitos urbanos y, de manera especial, en flotas y reparto de última milla, así como para la mejora de la accesibilidad y movilidad rural.


II. Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos innovadora, recarga de hidrógeno para vehículos e integración con otras redes inteligentes.




  • Recarga sin cables (estática y dinámica).

  • Implantación de redes inteligentes y sistemas bidireccionales de recarga:



  1. V2G: vehicle to grid, o utilización de las baterías para estabilizar el sistema eléctrico.

  2. V2H: vehicle to home, para utilizar la batería como generador en viviendas.

  3. V2L: vehicle to local sites, para suministro a zonas aisladas del sistema eléctrico.

  4. V2V: vehicle to vehicle, transmisión de electricidad de un vehículo a otro en caso de emergencia.



  • Integración de energías renovables y almacenamiento en la recarga de vehículos eléctricos.

  • Recarga integrada con redes ferroviarias.

  • Implantación de hidrogeneras para vehículos de pila de combustible. Será requisito dar información del origen de producción del hidrógeno siendo sólo subvencionables los proyectos con hidrógeno de origen renovable. En caso de que la producción de hidrógeno se realice en el mismo enclave que la hidrogenera, como parte del proyecto y para uso exclusivo de la hidrogenera, los costes de la instalación de producción y almacenamiento serán elegibles.

  • Desarrollos innovadores en recarga de vehículos eléctricos y de pila de combustible, con vistas a gestión de la demanda/servicios al sistema.


III. Aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico.




  • Aplicaciones en movilidad de baterías de próxima generación.

  • Aplicaciones en movilidad relacionadas con nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías).


IV. Proyectos de desarrollo o innovación de nuevos procesos o prototipos de modelos o componentes de vehículos eléctricos. 


*No se considerarán elegibles las inversiones asociadas a aumentos de capacidad productiva de plantas industriales existentes.


*Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.


El presupuesto total asignado de esta convocatoria es de 264 millones de euros.


Se establece un límite máximo de ayuda, de 15.000.000€ por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 100.000 euros.


Los beneficiarios que lo soliciten podrán disponer de anticipos para esta subvención de hasta el 100% de la cuantía.


La intensidad de estas ayudas será del 40% del presupuesto elegible en caso de gran empresa, 50% en el caso de mediana empresa y 60% en el caso de pequeña empresa.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios:

a, Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).


b. Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.


c. Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.


d. El sector publico institucional  y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Publicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes, estará abierto desde el 3 de octubre hasta el 24 de noviembre de 2022.


La Resolución de 7 de octubre de 2022 del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. ha ampliado el plazo de presentación de solicitudes hasta las 14:00 horas del día 24 de noviembre  de 2022, considerando el 3 de octubre como fecha de inicio del cómputo del plazo de seis meses para resolver.

Documentos adicionales


REs 14-9-22 MOVES II 2 Conv Ext

Orden TED-800-2021 bases programa MOVES II

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