Resolución EMT/3708/2026, de 7 de octubre, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa ALMA de Cataluña (SOC-ALMA)
Estado
Abierto
Convocante
Departamento de Empresa y Trabajo. Cataluña
Procedencia
CC.AA.
Importe
La subvención se calcula mediante un módulo por día de participación y por persona participante, aplicable a cualquiera de las tres fases:
- Importe básico: 119,27 euros/día por persona participante.
- Suplemento por estancia en países con mayor coste de vida: 22,16 euros/día por persona participante, durante la fase de movilidad en Dinamarca, Finlandia, Luxemburgo, Suecia o Irlanda.
Objeto
Financiar proyectos que desarrollen actuaciones del programa ALMA (Aim, Learn, Master, Achieve) dirigidas a mejorar la empleabilidad y promover la inclusión social de personas jóvenes en situación de vulnerabilidad. Los proyectos se articulan mediante itinerarios integrales con tres fases consecutivas:
- Fase de preparación en Cataluña (entre 30 y 90 días naturales): preparación de las personas participantes y aprendizaje lingüístico a medida en la lengua del país de destino, ambas obligatorias. Incluye la elaboración conjunta de un itinerario personalizado (Plan de Aprendizaje y Desarrollo).
- Fase de movilidad (entre 60 y 180 días naturales, y como mínimo el 30 % de la duración total): prácticas profesionales presenciales en empresas o entidades de otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Fase de seguimiento (hasta 90 días naturales, iniciada como máximo una semana después de la movilidad): seguimiento, asesoramiento y orientación profesional, con evaluación final de la participación.
Se consideran colectivo prioritario las personas jóvenes con bajo nivel formativo (ESO o equivalente como máximo), las que llevan al menos 12 meses en desempleo, las que tienen capacidades diferentes, diversidad funcional o enfermedades de salud mental, y las personas extuteladas.
Las actuaciones deben iniciarse como máximo el 31 de diciembre de 2026 y finalizar como máximo el 30 de diciembre de 2027, con un período máximo subvencionable de 360 días.
Las actuaciones están cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ de Cataluña 2021-2027.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las entidades de titularidad pública o privada, sin ánimo de lucro, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña.
El proyecto puede presentarlo una única entidad o una agrupación de entidades en una sola solicitud:
- Entidad única: será la única beneficiaria y debe acreditar una experiencia mínima de dos años en la gestión de programas de movilidad internacional.
- Agrupación de entidades: todas sus integrantes tienen la condición de beneficiarias. La solicitud debe recoger los compromisos de ejecución y el importe asignado a cada miembro. Al menos uno de ellos debe acreditar la experiencia mínima de dos años en movilidad internacional, y cada entidad debe ejecutar como mínimo una de las acciones aprobadas.
Los requisitos para obtener la condición de beneficiaria son los de la base 4 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril, y se acreditan mediante las declaraciones responsables incluidas en la solicitud.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Las solicitudes se presentan en los lugares y por los medios indicados en la base 10 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril, según los modelos de la sede electrónica de la Generalitat (https://web.gencat.cat/ca/ciutadania/inici), en el trámite “Subvenciones para la realización de acciones del programa ALMA de Cataluña Línea 1. 2026”. El mismo trámite está disponible a través de EACAT.
Junto con la solicitud debe aportarse:
- Memoria técnica del proyecto, según modelo normalizado.
- Memoria económica con el detalle del cálculo de la cuantía solicitada.
- Documentación acreditativa de la experiencia mínima de dos años en programas de movilidad transnacional.
- En su caso, documentación de la agrupación de entidades, con los compromisos de cada miembro y las declaraciones responsables firmadas.
- Acuerdos de colaboración firmados con los socios extranjeros de movilidad, según modelo normalizado.
Fecha de la publicación de la Resolución en el DOGC: 19 de octubre de 2026
Documentos adicionales