RESOLUCIÓN de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA COMARCA TRASIERRA TIERRAS DE GRANADILLA, de la 2ª convocatoria de ayudas para APLICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO Y LA METODOLOGÍA LEADER 2023-2027 en la comarca TRASIERRA TIERRAS DE GRANADILLA
Estado
Abierto
Convocante
Asociación para la Promoción y el Desarrollo de la Comarca Trasierra Tierras de Granadilla
Procedencia
CC.AA.
Importe
Importe total: 680.000 € (ampliable hasta 20% si hay disponibilidad)
Cofinanciación: FEADER + Junta de Extremadura + Estado (Intervención 7119 LEADER - PAC 2023-2027)
Distribución por líneas:
- Servicios básicos economía/población rural: 560.000 €
- Renovación poblaciones rurales: 40.000 €
- Patrimonio rural (entidades locales): 40.000 €
- Innovación social/gobernanza: 40.000 €
La línea relevante para entidades locales (mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural) cuenta con 40.000 € del total de la convocatoria.
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases que regulan la concesión de ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología LEADER 2023-2027 en la comarca TRASIERRA TIERRAS DE GRANADILLA.
La convocatoria de ayudas en la comarca TRASIERRA TIERRAS DE GRANADILLA se dirige a proyectos NO PRODUCTIVOS correspondientes a las acciones:
- Servicios básicos para la economía y la población rural: objeto, actuaciones, entidades beneficiarias y ayudas: La ayuda pública total máxima será de un 100 % de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de entidades locales y mancomunidad de municipios, y del 90% de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de instituciones sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.
- Renovación de poblaciones en las zonas rurales: Objeto, actuaciones,titulares de los proyectos y ayudas. La ayuda pública total máxima será de un 100 % de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de entidades locales y mancomunidad de municipios, y del 90% de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de instituciones sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.
- Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural: objeto, actuaciones, entidades beneficiarias y ayudas. La ayuda pública total máxima será de un 100 % de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de entidades locales y mancomunidad de municipios, y del 90% de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de instituciones sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.
- Apoyo a la innovación social, la gobernanza multinivel y la dinamización social y económica. La ayuda pública total máxima será de un 100 % de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de entidades locales y mancomunidad de municipios, y del 90% de la inversión auxiliable, hasta un máximo de 40.000,00 €, en el caso de instituciones sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.
Las entidades locales, mancomunidad de municipios y entidades sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública únicamente optarán a una ayuda máxima de 40.000,00 € en un único proyecto.
El ámbito geográfico de actuación de la comarca TRASIERRA TIERRAS DE GRANADILLA comprende los siguientes municipios: Jarilla, Cerezo, Villar de Plasencia, Marchagaz, Santa Cruz de Paniagua, Oliva de Plasencia, La Granja, Cabezabellosa, Palomero, Guijo de Granadilla, Santibáñez el Bajo, Mohedas de Granadilla, La Pesga, Ahigal y Zarza de Granadilla.
Beneficiarios
1. Podrán solicitar las ayudas convocadas:
Entidades locales, mancomunidad de municipios e instituciones sin ánimo de lucro con personalidad jurídica declaradas de utilidad pública.
2. Las entidades solicitantes de ayudas deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 6 del Decreto 78/2024 de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
3. Las obligaciones de las entidades beneficiarias de las ayudas se recogen en el artículo 26 del Decreto 78/2024 de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
4. Quedarán excluidas de la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Plazo, lugar y forma de presentación
PLAZO: 4 meses desde publicación extracto en DOE
PRESENTACIÓN: Telemática obligatoria (certificado digital)
DOCUMENTACIÓN CLAVE:
- Memoria proyecto con autobaremación
- Proyecto técnico/memoria valorada
- Mínimo 3 ofertas
- Acreditación propiedad 5 años
- Declaraciones responsables
- Permisos/licencias
- Al corriente Hacienda/SS
ENTIDADES LOCALES: Certificado Secretaría-Intervención (acuerdo + disponibilidad presupuestaria)
SUBSANACIÓN: 10 días hábiles
Documentos adicionales