RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia
Estado
Pendiente apertura de plazo
Convocante
Augas de Galicia
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Galicia
Importe
El importe de las subvenciones será del 100 % de la inversión de la actuación propuesta, excluido el impuesto sobre el valor añadido, con el límite máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €) por solicitud, hasta agotar el crédito disponible previsto en la resolución.
Objeto
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y convocar estas subvenciones para el año 2025.
La finalidad de las subvenciones es ayudar a los ayuntamientos responsables de sistemas de abastecimiento a ejecutar actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en el sistema de abastecimiento municipal, contribuyendo al cumplimiento de la normativa y de los objetivos ambientales en un complejo escenario de cambio climático.
Las actuaciones subvencionables se incardinan en el componente 5, inversión nº 3: transición digital en el sector del agua del Plan de recuperación, con el fin de cumplir dos objetivos complementarios, por una parte, fomentar la digitalización de las administraciones de las comunidades autónomas y, en especial, aquellas que gestionan directamente el dominio público hidráulico y, por otro, fomentar la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios de menos de 20.000 habitantes.
Beneficiarios
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los ayuntamientos responsables de sistemas de abastecimiento que den servicio a una población inferior a 20.000 habitantes. A estos efectos, se tendrán en cuenta los datos de población de los ayuntamientos de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1210/2024, de 28 de noviembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas a 1 de enero de 2024.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9.00 horas del día 23 de abril de 2025 y finalizará a las 14.00 horas del día 23 de mayo de 2025.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades locales interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la subsanación.
Documentos adicionales