RESOLUCIÓN de 25 de junio por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las BBRR del programa de ayudas a inversiones en renovación de equipamiento para establecimientos turísticos y otras actividades económicas financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. País Vasco.
Estado
Abierto
Convocante
Ente Vasco de la Energía (EVE)
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
País Vasco
Importe
Según las bases del programa de ayudas del Ente Vasco de la Energía (Resolución de 25 de junio de 2025), la cuantía de las ayudas por beneficiario se detalla en el Anexo I, que establece lo siguiente:
Cuantía de las ayudas por tipo de actuación:
Actuación tipo 1: Sustitución de equipamiento y aparatos electrodomésticos.
Intensidad de la ayuda: hasta el 50 % del coste subvencionable. Cuantía máxima por beneficiario: 30.000 euros.
Actuación tipo 2: Mejora de la eficiencia energética en instalaciones de iluminación
Intensidad de la ayuda: hasta el 60 % del coste subvencionable. Cuantía máxima por beneficiario: 40.000 euros.
Condiciones adicionales: Las actuaciones deben haberse ejecutado a partir del 1 de enero de 2025. Las ayudas están sujetas al cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
Objeto
La finalidad del programa de ayudas del Ente Vasco de la Energía es financiar inversiones en renovación de equipamiento en establecimientos turísticos y actividades económicas vinculadas al sector, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética, reducir el consumo de energía y las emisiones de CO₂, y fomentar la economía circular, contribuyendo así a la modernización y competitividad del sector turístico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Beneficiarios
Según las bases reguladoras del programa, los beneficiarios pueden ser:
Empresas privadas del sector turístico.
Personas trabajadoras autónomas con actividad turística.
Entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades, etc.) cuando gestionen directamente instalaciones o servicios turísticos, como: Campings municipales, albergues turísticos, oficinas de turismo.
Centros de interpretación o museos con enfoque turístico.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 8:00 horas del 10 de julio de 2025, día hábil siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), y finalizará el 31 de diciembre de 2025 o en el momento en que se agote el presupuesto disponible, lo que ocurra primero; en caso de agotarse los fondos antes de esa fecha, las solicitudes podrán seguir registrándose en una lista de reserva provisional, sin que ello garantice la concesión de la ayuda.
Fecha de publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco: 09/07/2025.
Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ente Vasco de la Energía (EVE). Es necesario disponer de certificado digital o sistema de identificación electrónica válido.
Documentos adicionales