Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo LEADER en el Principado de Asturias, para inversiones en operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7119).

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Consejería de Medio Rural y Política Agraria

Procedencia


CC.AA.

Importe


Las ayudas consisten en subvenciones que reembolsan los costes subvencionables ya soportados por la entidad beneficiaria.

La intensidad máxima puede alcanzar el 100% de los costes subvencionables, con un límite máximo de 200.000 € por operación, conforme a los Reglamentos (UE) 2022/2472 y 2021/2115.

La cuantía total disponible se establecerá en cada convocatoria específica. El porcentaje de ayuda individualizado se calculará según la puntuación obtenida en los criterios de selección. En ningún caso la ayuda puede superar el coste total de la actividad, ni aisladamente ni en concurrencia con otras ayudas públicas o privadas.

Objeto


Las presentes bases tienen por objeto regular en el ámbito territorial de los Grupos de Acción Local del Principado de Asturias (en adelante, GAL) el otorgamiento de las ayudas para inversiones en operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), en el marco de la ejecución de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (en adelante, EDLP) aprobadas por Resolución de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria de fecha 2 de mayo de 2024 (BOPA núm. 90 de 09/05/2024).


Estas ayudas se encuentran incluidas en la intervención de Desarrollo Rural 7119 “LEADER” del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España (en adelante, PEPAC), aprobado mediante Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022, para el período de programación 2023-2027, y/o en sus sucesivas modificaciones, dentro de la línea de actuación para la ejecución de las operaciones seleccionadas en las EDLP aprobadas por los GAL que, con la delimitación que se establece, actuarán como colaboradores de la Administración del Principado de Asturias en su gestión.


Las intervenciones descritas en estas bases estarán sujetas al Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión de 14 de diciembre de 2022 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En concreto, estas ayudas se encuadran en la Sección 7, Ayudas en favor de las pymes en las zonas rurales, de dicho Reglamento y deben cumplir lo dispuesto en los artículos 60, Ayudas destinadas a proyectos de DLP; y 61, Importes limitados de ayuda para proyectos de DLP.


Beneficiarios


1. Las beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser una entidad local perteneciente al ámbito territorial del GAL seleccionado por Resolución de 25 de mayo de 2023 en el Principado de Asturias, para la aplicación de la intervención LEADER en el marco del PEPAC.
b) Que la operación objeto de la ayuda radique en el ámbito territorial del GAL.
c) Que se comprometa a mantener las inversiones auxiliadas, en su caso, durante al menos tres años desde el pago final a la beneficiaria.

Plazo, lugar y forma de presentación


Plazo: Mínimo 1 mes desde publicación del extracto en BOPA (se determinará en cada convocatoria)
Presentación: Obligatoriamente electrónica vía Sede Electrónica del Gobierno del Principado de Asturias
Documentación: Se establecerá en cada convocatoria. Como mínimo debe permitir identificar al solicitante, la actuación objeto de subvención e intención inequívoca de solicitar ayuda. La falta de documentación mínima supone exclusión.

Documentos adicionales


BBRR_LEADER_entidades_locales_Asturias_2026

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