RESOLUCIÓN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2025 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA E.P.E. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), POR LA QUE SE REALIZA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS DE PROYECTOS INNOVADORES DE ENERGÍAS RENOVABLES Y ALMACENAMIENTO, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES (ENERGÍAS RENOVABLES INNOVADORAS) EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU”
Estado
Abierto
Convocante
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)
Procedencia
Estatal
Importe
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 202.500.000 €, financiado a través del IDAE con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), correspondientes a los ejercicios 2021 a 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 31, Inversión 9.
El presupuesto podrá ampliarse sin necesidad de una nueva convocatoria, conforme a lo previsto en las bases reguladoras, siempre que la ampliación se concrete antes de la resolución definitiva del procedimiento.
La distribución del presupuesto por programas es la siguiente:
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Programa 1 – Agrivoltaica: 75.000.000 €
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Agrivoltaica intercalada con el cultivo: 20.000.000 €
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Estructura sobre cultivo (2 m ≤ h ≤ 4 m): 15.000.000 €
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Estructura sobre cultivo (h > 4 m): 40.000.000 €
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Programa 2 – Fotovoltaica flotante: 17.000.000 €
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Programa 3 – Renovables en infraestructuras: 40.000.000 €
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Programa 4 – Autoconsumo colectivo con participación de consumidores vulnerables: 40.500.000 €
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Programa 5 – Bombas de calor renovables: 30.000.000 €
Del presupuesto total, se reserva una primera ronda de 20.500.000 € para actuaciones de entidades del sector público, conforme a la Ley 40/2015.
Las ayudas estarán sujetas a los mecanismos de gestión, control, información y publicidad establecidos por el MRR y el PRTR, siendo su cumplimiento obligatorio. El órgano instructor podrá reajustar el reparto presupuestario entre programas en función de las necesidades detectadas.
Objeto
Mediante la presente resolución se realiza la segunda convocatoria de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión a proyectos de agrivoltaica, fotovoltaica flotante, en infraestructuras, autoconsumos colectivos con participación de consumidores vulnerables e implantación de instalaciones de bomba de calor renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGeneration EU.
Esta convocatoria se enmarca en la Inversión 9, «Scheme to support the Green Transition», del Componente 31, «REPower», del PRTR, y contribuirá a los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del MRR y del PRTR a nivel europeo y nacional.
La presente convocatoria contiene los siguientes programas:
a) Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento. Dentro de este programa se habilitan tres subprogramas, según se sitúe la estructura de generación fotovoltaica respecto al cultivo: Subprograma 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo; Subprograma 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo (2 m ≤ h ≤ 4 m); Subprograma 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo (h > 4 m). La tecnología utilizada sólo podrá ser fotovoltaica. Las instalaciones podrán ser aisladas o conectadas a red, destinadas a venta de energía o a autoconsumo.
b) Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento. La tecnología utilizada sólo podrá ser fotovoltaica. Las instalaciones podrán ser aisladas o conectadas a red, destinadas a venta de energía o a autoconsumo.
c) Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras. La tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica, eólica o hidroeléctrica. Las instalaciones podrán ser aisladas o conectadas a red, destinadas a venta de energía o a autoconsumo.
d) Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables. La tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica o eólica. Las instalaciones sólo podrán ser destinadas a autoconsumo colectivo.
e) Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
Beneficiarios
1. Podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos sujetos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras.
2. Para poder obtener la condición de beneficiario estos deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 6 de las bases reguladoras.
Plazo, lugar y forma de presentación
1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 14 de enero 2026 a las 12:00 horas peninsular y finalizará a las 12:00 hora peninsular del día 19 de febrero de 2026,considerándose el 15 de enero de 2026 como fecha de inicio del cómputo del plazo de seis meses para resolver y efectuar la notificación correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Orden TED/765/2024, de 22 de julio.
2. La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en la Sede del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.
3. La presentación de solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión.
Documentos adicionales