Resolución de 18 de diciembre de 2025 del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se formaliza la segunda convocatoria de Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable (programa RENORED), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU

Estado


Abierto

Convocante


Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)

Procedencia


Estatal

Importe


Inversión mínima por proyecto: 450.000 € Ayuda máxima por proyecto: 15.000.000 € Programa de Incentivos 1 (beneficiarios con actividad económica): - Intensidad base: 35% de la inversión subvencionable - Adicional por tamaño de empresa: Mediana empresa +5% | Pequeña empresa +10% - Adicional por reto demográfico y/o transición justa: +5% - Intensidad máxima total: hasta 50% Programa de Incentivos 2 (beneficiarios sin actividad económica): - Intensidad base: 70% de la inversión subvencionable - Adicional por tamaño de empresa: Mediana empresa +5% | Pequeña empresa +10% - Adicional por reto demográfico y/o transición justa: +5% - Intensidad máxima total: hasta 80% Los importes finales se calculan según coste subvencionable unitario máximo establecido en Anexo III de la convocatoria (varía según tipología y fuente de energía renovable utilizada).

Objeto


Promover el desarrollo de las redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia al estar incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.


Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable según se indica en el Anexo I de la convocatoria, de manera que se consiga una diversificación energética en base a energías renovables y como consecuencia de ello una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO2 y metano.

Beneficiarios


Podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda, según se indica en el artículo 6 de las bases reguladoras, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de las bases reguladoras. El programa de incentivos 1 está reservado a los beneficiarios que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan
bienes y/o servicios en el mercado.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será desde las 9:00 horas del día 21 de enero de 2026 hasta las 13:00 horas del día 27 de febrero de 2026.

Las solicitudes de ayuda se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE: https://sede.idae.gob.es/

Las solicitudes se dirigirán al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Documentos adicionales


EXTRACTO_Resolución 18 diciembre 2025.pdf

CONVOCATORIA_Resolución 18 diciembre 2025.pdf

BBRR_Orden TED 707-2022 modificada por TED 1444-2025.pdf

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