Resolución 268E/2025, de 7 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (MOVES III-2025) y se integran las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2025 en la convocatoria anterior. BDNS: 850938, 850960, 850973, 851015. Comunidad Floral de Navarra.
Estado
Abierto
Convocante
Dirección General de Transición Energética y Digital, I+D+i Empresarial y Emprendimiento, Comunidad Foral de Navarra
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Navrra, Comunidad Floral de
Importe
La cuantía subvencionable en la convocatoria será la siguiente:
El límite de cuantía total y máxima de ayudas por beneficiaria es la establecida en el anexo III de esta convocatoria.
a) Programa de incentivos 1 - Adquision de vehiculos eléctricos:
- Personas físicas que desarrollen actividades económicas → límites según el Reglamento (UE) 2023/2831 (ayudas de minimis).
- Personas físicas (particulares, mayores de edad, o menores con discapacidad) → 1 vehículo por destinatario y convocatoria.
- Comunidades de propietarios, entidades de la Administración Local de Navarra y sector público institucional (ordinales 3.º y 5.º, base 5.1) → hasta 250 vehículos por destinatario y año.
b) Programa de incentivos 2 – Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos:
- Límite general: 800.000 € por expediente.
- Personas físicas que desarrollen actividades económicas → límite según normativa europea aplicable (de minimis).
- Personas físicas (particulares) → máximo 5.000 € por expediente.
Limites globales
- Máximo total por beneficiario durante toda la convocatoria: 2,5 millones de euros.
Costes subvencionables
- Los definidos en el anexo I de la convocatoria (actuaciones ligadas a la implantación de infraestructura).
- El IVA es subvencionable si no es recuperable o compensable por el beneficiario.
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer, las ayudas para la ejecución del Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, para las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.
Beneficiarios
- Personas físicas que desarrollen actividades económicas (autónomos), dadas de alta en el IAE o en el régimen fiscal correspondiente.
- Personas físicas mayores de edad (también menores en caso de discapacidad), con residencia fiscal en España.
- Comunidades de propietarios (Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal).
- Personas jurídicas y otras entidades con o sin personalidad jurídica (NIF A, B, C, D, E, F, G, J, R, W o V), con domicilio fiscal en Navarra o con actividad y plantilla en Navarra en los últimos 2 años.
- También se admiten quienes no cumplan esos requisitos si ejecutan inversiones del Programa 2 (infraestructuras de recarga) con impacto en Navarra.
- Entidades de la Administración Local de Navarra y entidades del sector público institucional de cualquier Administración Pública que desarrollen actividades en Navarra (siempre que no actúen como operadores económicos en el mercado
Siempre que tengan residencia fiscal en España y la actuación se ubique en Navarra
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el boletín oficial hasta el 31 de diciembre de 2025. Expresamente se procede a traspasar y resolver las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2025, sin necesidad de que presenten una nueva solicitud.
Publicación de la Resolución 268E/2025 en el Boletín Oficial de la Comunidad Floral de Navarra: 29/08/2025.
Las solicitudes deberán tramitarse a través del Portal del Gobierno de Navarra, accediendo a la ficha específica del programa MOVES III en el Catálogo de Trámites. La dirección oficial es www.navarra.es, donde se encuentra disponible toda la información, formularios y documentación necesaria para completar el proceso.
Forma de presentación:
Las personas jurídicas están obligadas a presentar la solicitud y documentación de forma telemática, utilizando su Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú), disponible en https://dehu.redsara.es, y deben estar suscritas a los procedimientos de notificación electrónica del Gobierno de Navarra. En caso de presentación presencial, se requerirá la subsanación electrónica, considerándose como fecha válida la de dicha subsanación.
Documentos adicionales