RESOLUCIÓN 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, convocatoria para concesión de subvenciones para acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.

Estado


Abierto

Convocante


Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Comunitat Valenciana

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Comunitat Valenciana

Importe


La cuantía de la subvención se determina mediante el producto del número de horas por el número de personas participantes y por el importe del módulo específico correspondiente incluida la formación en empresa, para cada una de las acciones formativas convocadas que conforman el programa de formación.

Los módulos económicos (coste/hora/alumnado) aplicables a efectos de determinación de las subvenciones destinadas a la financiación de cada una de las acciones formativas de esta convocatoria, se publican:

  • Respecto de las acciones formativas en modalidad formación modular en el anexo III de la convocatoria.
  • Para el resto de las modalidades de formación, en el anexo V de la convocatoria se publican los módulos económicos aplicables, atendiendo al área profesional correspondiente de cada una de las acciones formativas. De acuerdo con el artículo 3.2 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, los módulos económicos no podrán superar el módulo genérico máximo en modalidad presencial de 9 euros recogido en el anexo I de la citada orden, de forma que en el anexo V antes mencionado, en las áreas profesionales en las que se indica un módulo económico superior, se entenderá que es de 9 euros.

De conformidad con el artículo 76. c) del Reglamento General de Subvenciones, la fijación de los módulos específicos de cada acción formativa se ha realizado a través de un estudio para la «Implantación de un sistema de justificación por módulos económicos de las subvenciones concedidas en el ámbito de la formación profesional para el empleo», sobre la base de los gastos justificados y revisados de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a las personas desempleadas de los años 2016, 2017 y 2018 o estudio actualizado de los mismos. Dicho estudio se ha realizado de acuerdo con el informe técnico motivado de fecha 21 de marzo de 2023 del Servicio de Gestión de Programas que contempla las variables técnicas tenidas en cuenta para la determinación de los módulos económicos por especialidad formativa y los correspondientes a los módulos formativos en la Formación modular transversal.

Objeto


Esta resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2025 subvenciones destinadas a la realización en la Comunitat Valenciana de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo, para obtener la cualificación profesional que permita desempeñar una ocupación adecuada a las necesidades del mercado de trabajo y estimular su inserción laboral, a través de las modalidades de programación que se contemplan en la resolución de convocatoria.


Estas ayudas podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus u otros fondos estructurales de la Unión Europea o supranacionales siendo de aplicación, en su caso, la normativa comunitaria y española correspondiente.


 

Beneficiarios


Serán entidades beneficiarias de las subvenciones:


Los centros y entidades de formación públicas o privadas, así como empresas o asociaciones empresariales con presencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, autorizadas o inscritas, en el correspondiente Registro de Centros del Sistema de Formación Profesional para impartir las ofertas de formativas de los Grados, B y C, de acuerdo con las modalidades de programación y requisitos que se establecen en el resuelvo quinto de la convocatoria de ayudas.


Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOGV.


Fecha de publicación de la resolución: 27 de marzo de 2025


Para realizar la presentación telemática de las solicitudes, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es/es/ desde donde podrá acceder al trámite presentación de solicitudes a ayudas de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, o de la página web (www.labora.es) a través del enlace «solicitud telemática». Para ello, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos admitidos por la sede electrónica de la Generalitat. En el caso de presentar un certificado digital de persona física y que se actúe en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de representaciones de carácter voluntario ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática


 

Documentos adicionales


RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2025_Convocatoria

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2025_Extracto

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