Programa DUS 5000. Concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico.
Estado
Cerrado
Convocante
IDAE
Procedencia
Gobierno de España
Objeto
RD 692/2021 de 3 de agosto, que regula las ayudas directas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000). Podrán beneficiarse ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades, consejos insulares, cabildos y otras entidades públicas de municipios menores de 5.000 habitantes, o de municipios no urbanos hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos de población no lleguen a 5.000 habitantes y tengan la consideración de municipios de reto demográfico.
Esta ayuda sirve para dar un impulso al Desarrollo Urbano Sostenible, en los municipios de reto demográfico, mediante actuaciones que constituyan proyectos singulares de energía limpia como por ejemplo proyectos de eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas, de fomento de las inversiones verdes y, en particular, del autoconsumo
Para más información: https://www.idae.es/noticias/el-gobierno-lanza-un-nuevo-plan-de-ayudas-para-proyectos-singulares-de-energia-limpia-en
Enlace a la publicación en el BOE del RD 692/2021 de 3 de agosto: https://www.boe.es/boe/dias/2021/08/04/pdfs/BOE-A-2021-13269.pdf
Existen 5 modalidades:
- MEDIDA 1: Reducción de la demanda y el consumo energético en edificios e infraestructuras públicas
- MEDIDA 2: Instalaciones de generación eléctrica renovable para autoconsumo
- MEDIDA 3: Instalaciones de generación térmica renovable y de redes de calor y/o frío
- MEDIDA 4: Lucha contra la contaminación lumínica, alumbrado eficiente e inteligente, Smart Rural y TIC
- MEDIDA 5: Movilidad Sostenible
Se establece una inversión mínima de 40.000 € por proyecto, que no podrá superar los 3.000.000 €.
Mediante la Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la de 1 de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Una segunda Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 1 de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Beneficiarios
El ámbito territorial para la ejecución de los proyectos elegibles se circunscribe al territorio nacional conformado por los municipios denominados, a efectos de este real decreto, de reto demográfico, que serán aquellos municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas por este real decreto las siguientes entidades, siempre que realicen proyectos singulares locales de energía limpia en los términos previstos en el artículo 9, y en el ámbito territorial previsto en el artículo 2:
a) Las entidades locales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
b) Cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia
c) Los organismos autónomos y entidades públicas dependientes o vinculadas a las Entidades locales territoriales cuya función sea la gestión directa de los servicios públicos locales, siempre que dichos organismos o entidades no desarrollen actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
d) Las Comunidades Autónomas Uniprovinciales y la Foral de Navarra.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas podrán presentarse por las entidades beneficiarias a partir de las 13:00 horas del día siguiente al vencimiento del plazo de 3 meses contado desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta la conclusión de su vigencia (es decir, desde el 5/11/2021 hasta 4/11/2022).
Documentos adicionales