Subvenciones para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía. Convocatoria. Asturias

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica: Asturias

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Mediante la Resolución de 19 de agosto de 2022, se aprueba la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones correspondiente a los siguientes programas de incentivos:
— Programa 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
— Programa 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e  infraestructuras del sector público.


Las Bases reguladoras están contenidas en el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la  implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 2021), modificado por Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo (BOE  núm. 118, de 18 de mayo de 2022).


Para esta convocatoria se destina un importe total de 2.090.000,00 € con la siguiente distribución por programas y aplicaciones presupuestarias:
Aplicación presupuestaria                                                      Programa 1                   Programa 2
1303.741G.776.034 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:  1.755.000,00 €    -     1.400,00 €
1303.741G.786.045 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:        19.500,00 €   -     1.400,00 €
1303.741G.706.004 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS :      19.500,00  €   -     1.400,00 €
1303.741G.766.017 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS :                       0 €   -    35.000,00 €
1303.741G.716.004 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:         19.500,00 €   -   35.000,00 €
1303.741G.726.004 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:         19.500,00 €   -   35.000,00 €
1303.741G.746.012 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:         97.500,00 €    -   0 €
1303.741G.756.005 MRR INSTALACIONES TÉRMICAS:         19.500,00 €    -  30.800,00€


Mediante resolución de 15 de septiembre de 2023 se da publicidad al reajuste de las anualidades, como que da reflejado en el cuerpo de  la misma.

Beneficiarios


Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas los previstos en el artículo 16 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, de bases reguladoras.


Dentro del Programa de incentivos 1, serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que realicen una actividad  económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:
a) Personas físicas.
b) Personas jurídicas.
c) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley  40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin  ánimo de lucro.
d) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos  anteriores, con o sin personalidad jurídica.


Para el Programa de incentivos 2, serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que no realicen una actividad  económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:
a) Las entidades locales territoriales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local o cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.
b) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley  40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
c) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras del punto anterior, con o sin  personalidad jurídica.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), que ha sido el 29 de agosto,  y finalizará a las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2023.


Mediante el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se amplía el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024.

Las solicitudes a cada uno de los programas de ayudas se presentarán usando los formularios de solicitud que están disponibles en la sede  electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y a los que se puede acceder introduciendo en el buscador de dicha página el código AYUD0426T01 (Programa 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario,  servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial) o el código AYUD0426T02 (Programa 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público).

Documentos adicionales


Res 15-9-23

Res 19-8-22 extracto

Res 19-8-22

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