Programas 3, 4 y 5 de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social. Convocatoria 2022. Comunidad de Madrid

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medioambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Mediante la Orden 1429/2022 de 27 de mayo se convocan los siguientes programas de ayudas:


— Programa 3: Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
— Programa 4: Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
— Programa 5: Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.


Estos programas tienen por objeto, tanto en ámbito urbano como rural, la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares (programa 3); la financiación de obras o actuaciones que se realicen en viviendas y en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración o una reducción del consumo de energía primaria no renovable acreditada (programa 4) y la financiación de los gastos de elaboración del Libro del edificio, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (programa 5)


Las bases reguladoras son las establecidas en el RD 853/2021, de 5 de octubre.


La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 108.000.000 de euros:


— Programa 3: Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio: 94.000.000 de euros.


Mediante la Orden 1392/2023, se amplia la cuantía máxima para el programa 3.


Mediante la Orden de 22 de mayo de 2024, se amplía en 74.269.203,25 euros el crédito actualmente aprobado para la concesión de subvenciones del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, programa 3.


— Programa 4: Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas: 8.000.000 de euros.


— Programa 5: Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación: 6.000.000 de euros.

Beneficiarios


Podrán ser destinatarios últimos de las subvenciones:


a) Propietario o usufructuario (persona física o jurídica) de vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila o edificios de tipología residencial colectiva (Programas 3, 4, 5).


b) Arrendatario de vivienda (Programa 4).


c) Comunidad de Propietarios o Agrupación de Comunidades de Propietarios (artículo 5 de Ley 49/1960) (Programas 3, 5).


d) Propietarios Agrupados (artículo 396 Código Civil) (Programas 3, 5).


e) Empresa explotadora, arrendataria o concesionaria de edificio (Programa 3).


f) Sociedades cooperativas (artículo 396 Código Civil) (Programas 3, 5)

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto, que ha sido el 31/05, hasta el día 30 de junio de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado mediante la modificación correspondiente.


La presentación de la solicitud será de forma electrónica.

Documentos adicionales


Orden 1429-22 Extracto

Orden 1429-22

Orden 49-2023 Modificación

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