Programa PREE 5000: Incentivos para la realización de actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico. La Rioja
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno. La Rioja
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
La presente Resolución 397/2022, de 15 de marzo, tiene como objeto convocar las ayudas recogidas en el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, a iniciativa del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Son actuaciones subvencionables, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 691/2021, de 16 de noviembre:
a)Actuación 1.
-Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b)Actuación 2.
-Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
Mediante la Resolución 171-2024, de 30 de mayo se modifica la convocatoria de forma que se modifican los aparatados:
- Apartado 1º ''Beneficiarios'' queda redactado de la siguiente manera:
Conforme a lo establecido en el artículo 15 del citado Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, podrán serlo:
- Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Los organismos públicos y las entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes de la Administración pública propia de la Comunidad Autónoma de La Rioja
2. Apartado 2º ''Actuaciones subvencionables'' queda redactado de la siguiente manera:
Dentro de las señaladas en el artículo 17 y Anexo IV del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, las tipologías 1 y 2 siempre que:
- Sean edificios con usos entre los indicados en el artículo 17.4 del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
- Esten clasificados como Opción A u Opción B en los términos establecidos en el artículo 17 del Real Decreto citado.
3. Apartado 6º ''Documentación'' queda redactado de la siguiente manera:
La documentación requerida para la Opción A y la Opción B es la indicada en el Anexo III del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, para la Opción A.
Mediante la Resolución de 10 de junio de 2024 se establece que se ha recibido solicitudes de ampliación de fondos por parte de los Gobiernos de las comunidades autónomas de Aragón y La Rioja, por un importe de 4.000.000 euros, tal y como se recoge a continuación:
- Del Gobierno de la comunidad autónoma de Aragón solicitando una ampliación de 3.000.000 euros del presupuesto actual, que asciende a 3.697.500 euros, lo que totalizaría 6.697.500 euros.
- Del Gobierno de la comunidad autónoma de La Rioja, solicitando una ampliación de 1.000.000 euros del presupuesto actual, que asciende 865.000 euros, lo que totalizaría 1.865.000 euros.
Por lo tanto se amplía el presupuesto en un importe de 4.000.000 euros adicionales.
Beneficiarios
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 15.f) del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto).
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Viernes 18 de marzo). El plazo finalizará el 31 de diciembre de 2023, salvo que se haya agotado previamente el presupuesto destinado a estas ayudas.
Por Resolución 33/2024, de 7 de febrero, se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2024.
Documentos adicionales
Resolución 397-2022 Convocatoria
REs 33-2024 amplia plazo prese
Resolución 416-2024, de 28 denoviembre_MODIFICACIÓN CONVOCATORIA