Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano y de la movilidad. Segunda Convocatoria. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio de Transportes, Movilidad Y Agenda Urbana. MITMA

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


La Orden Ministerial de 21 de julio tiene por objeto convocara las subvenciones a actuaciones que contribuyan a la consecución de objetivos específicos, vinculados a los objetivos generales del componente 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con los que se pretende conseguir una mejora de la calidad del aire y reducción del ruido en los entornos urbanos, el impulso de la descarbonización de la movilidad urbana a través de diferentes medidas dirigidas al propio tejido de la ciudad y sus infraestructuras, así como a la potenciación y optimización del transporte urbano y metropolitano.


Cuantía máxima inicial: 500.000.000 euros imputados al ejercicio 2023. Existe la posibilidad de añadir una cuantía adicional máxima de 50.000.000 euros si se obtiene con anterioridad a la resolución del procedimiento de concesión, proveniente de reconocimientos o  liquidaciones de obligaciones, o de generaciones o incorporaciones de crédito, todos ellos derivados de la convocatoria de este mismo programa de ayudas correspondiente al ejercicio 2021.


El importe de la subvención no podrá exceder de estos límites:
Municipios de hasta 100.000 habitantes: Se aplica un límite de 40 euros por habitante.
Municipios más de 1.000.000 habitantes: 20 euros por habitante.
Municipios de más de 100.000 habitantes y hasta 1.000.000 habitantes, interpolación lineal simple entre 40 euros por habitante para 100.000 habitantes, y 20 euros por habitante para 1.000.000 habitantes.
Entes locales supramunicipales: 20 euros por habitante con respecto a la población total residente en el conjunto de municipios que  integren esa entidad, considerando en el cómputo únicamente los municipios que cumplirían las condiciones para ser beneficiarios a título individual. En cualquier caso, se aplicará un límite máximo de 40.000.000 euros para cada solicitud.


Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden TMA/892/ 2021, de 17 de agosto (B.O.E. 23 de agosto).


En el BOE de 27/04/2023 se ha publicado el Anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad sobre la resolución provisional de 18 de abril de concesión de la segunda convocatoria del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el listado de los municipios a los que provisionalmente se les concede la ayuda  y los proyectos asociados y aquellos que por los motivos que se argumentan en la propia resolución son desestimados provisionalmente y aquellos proyectos descartados. Igualmente, se concede un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones o renuncias.


En el BOE del 3 de enero de 2024, se ha publicado el extracto de la orden por la que se modifica la Orden Ministerial por la que se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU. El principal objeto de la presente Orden es introducir modificaciones para garantizar el cumplimiento de los hitos y objetivos de este programa de subvenciones establecidos en el documento CID y mejorar la seguridad jurídica de todos los actores intervinientes, mediante la modificación de los artículos 10 y 11 de la Orden Ministerial de 21 de julio de 2022.

Beneficiarios


Beneficiarios.
- Municipios que sean capitales de provincia.
- Municipios de más de 50.000 habitantes, según el Padrón municipal de habitantes referido al año 2020.
- Municipios de más de 20.000 habitantes, según el Padrón municipal de habitantes referido al año 2020, que dispongan de un servicio de  transporte público colectivo urbano interior, y de un Plan de Movilidad Sostenible.
- Entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que tengan atribuidas competencias en materia de transporte público urbano colectivo.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la fecha de publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que ha sido el 26 de julio, y finalizará el 29 de septiembre de 2022.


La solicitud debe cumplimentarse preferiblemente a través del Portal de Ayudas de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes,  Movilidad y Agenda Urbana. En el Portal de Ayudas pueden descargarse los modelos y formularios de la documentación requerida para la presentación de la solicitud.

Documentos adicionales


Convocatoria 2022

Orden 892-21

Extracto modf extracto

Resolución definitiva 2 conv ZBE 17-7-23

Compartir en: