Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo.
Estado
Pendiente apertura de plazo
Convocante
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Procedencia
Estatal
Ámbito
Ceuta y Melilla
Importe
La cuantía máxima de la subvención será la indicada en el apartado 1 del artículo 9 de la convocatoria de ayudas, por cada persona contratada a tiempo completo, 8 horas diarias, durante un periodo de 12 meses, tomando como referencia los costes de contratación totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social.
Objeto
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación del Programa de orientación profesional para el empleo y autoempleo, en el ámbito territorial de Melilla, para el ejercicio 2025. El ámbito de aplicación de esta orden se extiende a las ciudades de Ceuta y Melilla, correspondiendo la gestión de las subvenciones al Servicio Público de Empleo Estatal a través de sus direcciones provinciales en sendas ciudades autónomas.
Estas ayudas podrían cofinanciarse con fondos de la Unión Europea.
Beneficiarios
a) Las entidades locales, incluidas sus corporaciones locales, los consejos comarcales, supra comarcales o entidades territoriales, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales o sus corporaciones.
b) Las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
Las entidades deberán contar con experiencia previa acreditada mínima de 36 meses mediante la ejecución directa de acciones de orientación profesional a personas desempleadas, habiendo desarrollado alguna de las siguientes actividades:
- Orientación para el empleo y motivación hacia el empleo y/o autoempleo.
- Proceso de acompañamiento a la inserción laboral, de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la convocatoria.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes de concesión de subvenciones se dirigirán a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal o, en caso de delegación, a las Direcciones Provinciales del citado Servicio Público, según el ámbito territorial de aplicación de la
convocatoria.
El plazo para la presentación de las solicitudes, así como la documentación que la persona, empresa o entidad interesada deberá acompañar a la misma, será de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el BOE.
Documentos adicionales