ORDEN EMC/317/2025, de 18 de marzo, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones reguladas en la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero, por la que se aprueba el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Estado


Abierto

Convocante


Departamento de Empleo, Ciencias y Universidades. Aragón

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Aragón

Importe


El importe de las subvenciones se determina conforme a la modalidad de costes unitarios establecida en el artículo 53 y siguientes del Reglamento de Disposiciones Comunes. El cálculo de la subvención por persona joven contratada se realizará conforme a la siguiente fórmula: Coste Unitario multiplicado por el número de meses completos de duración del contrato inicial, con el límite máximo de 10 meses subvencionables.

El coste unitario a tener en cuenta en todos los casos será el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente en el momento de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (SMI mensual x14/12), e incrementado en un porcentaje equivalente a la suma de los tipos de cotización vigentes correspondientes a las cuotas empresariales al Régimen General de la Seguridad Social previstas por Contingencias Comunes, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional, más otro 1,50 por ciento adicional equivalente al tipo de cotización mínimo por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la disposición final quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

Así pues, en el marco de aplicación de la presente convocatoria, el coste unitario será el siguiente: SMI anual (SMIx14/12): 1184x14/12=1381,33 incrementado en los siguientes porcentajes:

  • Contingencias comunes: 23,60.
  • Desempleo: 6,7.
  • FOGASA: 0,20.
  • Formación Profesional: 0,60.
  • Contingencias profesionales: 1,50.

De tal forma que el porcentaje de cotización total es 32,60%.

Por ello, el coste unitario es 1831,64.

Objeto


La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones reguladas en la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero, por la que se aprueba el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.


La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de las citadas personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.


La presente actuación se incardina en  la Prioridad 5 «Empleo Juvenil», la cual se asienta sobre el Objetivo Político 4 "una Europa más social e integradora mediante la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales", previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2021/1060.  Este Objetivo Político 4 (OP4) se desarrolla a través de varios objetivos específicos como, en este caso, el objetivo a) que se dirige a mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden las siguientes entidades:


a) Las entidades locales aragonesas y sus organismos públicos vinculados y dependientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional.
b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Las universidades aragonesas.
d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.


Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón y hasta el 31 de mayo de 2025, ambos inclusive.


Fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón: 31/03/2025.

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-programa-jovem o incluyendo en el buscador el trámite 9432 “Subvenciones para el Programa JOVEM”.


Documentos adicionales


ORDEN EMC/317/2025, de 18 de marzo_convocatoria

ORDEN EMC/317/2025, de 18 de marzo_extracto

Compartir en: