Orden EDF/56/2026, de 8 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones a los entes locales de Cataluña destinadas a la financiación de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento de las nuevas plazas del primer ciclo de educación infantil en centros públicos de Cataluña, creadas entre el 1 de enero de 2021 y el 21 de abril de 2026, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
Estado
Pendiente convocatoria
Convocante
Departamento de Educación y Formación Profesional
Procedencia
CC.AA.
Importe
Las subvenciones se financian con cargo a los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). La cuantía máxima destinada a estas subvenciones y la aplicación presupuestaria serán las que determine la convocatoria. El importe de la subvención será del 100% del presupuesto elegible presentado por el solicitante, hasta un máximo de 10.195,00 euros por nueva plaza creada.
Objeto
El objeto de estas bases es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a los entes locales de Cataluña, para la financiación de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento de las nuevas plazas del primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos, correspondientes al periodo entre el 1 de enero del 2021 y el 21 de abril de 2026.
La finalidad de la subvención es el incremento de plazas públicas accesibles, asequibles, inclusivas y de alta calidad, del primer ciclo de educación infantil, colaborando en la financiación de los centros para impartir estas enseñanzas, con el fin de facilitar el derecho de los niños y de las niñas a su escolarización.
La creación de plazas de primer ciclo de educación infantil objeto de esta subvención se llevará a cabo através de un subproyecto y subproyectos anillados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dado que los fondos destinados a la creación de las mismas serán entregados a los entes locales.
Beneficiarios
Pueden ser entidades beneficiarias de las subvenciones establecidas por esta Orden los entes locales de Cataluña, titulares de guarderías o jardines de infancia que imparten el Primer Ciclo de la Educación Infantil y que hayan creado nuevas plazas entre el 1 de enero de 2021 y el 21 de abril de 2026 mediante convenio con el Departamento de Educación y Formación.
También pueden ser beneficiarios los entes locales de Cataluña que en su municipio tienen una escuela de titularidad de la Generalidad de Cataluña, en la que se ha implantado, según resolución publicada en el DOGC, el primer ciclo de educación infantil entre el 1 de enero de 2021 y el 21 de abril de 2026 y tienen la competencia para ejecutar gasto de infraestructura, 67/2020, de 26 de mayo, del procedimiento de implantación de las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en las escuelas rurales.
En todos los casos, los centros educativos deben estar inscritos en el registro de centros del Departamento de Educación y Formación Profesional.
En cualquier caso, los ayuntamientos que ya fueron beneficiarios de las subvenciones concedidas en el marco de la Resolución EDU/876/2023, de 9 de marzo, y de la Resolución EDF/337/2025, de 5 de febrero, por la que se abría procedimiento de convocatoria abierta para la concesión de subvenciones a los entes locales de Cataluña, destinadas a la financiación de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento de las nuevas plazas del primer ciclo de educación infantil en centros públicos de Cataluña, creadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de octubre de 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden, excepto si quieren crear plazas adicionales a las ya subvencionadas anteriormente, o si han renunciado a la subvención concedida.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo y la forma de presentación de las solicitudes serán los que indique la convocatoria. Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma EACAT (www.eacat.cat).
Documentos adicionales